Del empoderamiento del consumidor al pasaporte digital: la nueva era de la sostenibilidad
Los Estados miembros deberán garantizar que la nueva directiva proporciona a los consumidores la información específica sobre la durabilidad y reparabilidad de los productos
Hoy a nadie escapa el alcance de la nueva Directiva (UE) 2024/825 del Parlamento Europeo y del Consejo de 28 de febrero sobre el empoderamiento de los consumidores para la transición ecológica. La nueva norma comunitaria es esencial para que los consumidores puedan tomar decisiones de compra conociendo sus derechos y poder contribuir así a patrones de consumo más sostenibles.
Los Estados miembros deberán garantizar que la nueva directiva proporciona a los consumidores la información específica sobre la durabilidad y reparabilidad del producto, con el establecimiento de una etiqueta armonizada que lo haga posible, que informe sobre el período mínimo durante el cual el productor se compromete a proporcionar actualizaciones de software para bienes con elementos digitales, contenidos y servicios digitales, así como los servicios postventa disponibles.
La construcción del nuevo modelo económico de producción y consumo sostenible no sólo debe hacerse desde la perspectiva de los consumidores, sino que es vital cerrar el círculo y abordarlo también desde la perspectiva de la fabricación y la producción. En este sentido nace el Reglamento de Ecodiseño de Productos Sostenibles (ESPR) de la UE, que regula el marco para el establecimiento de requisitos de diseño ecológico aplicables a los productos.
El reglamento ESPR nace con el fin de reducir los impactos ambientales negativos del ciclo de vida de los productos, impulsando así una nueva oferta y demanda de bienes sostenibles en condiciones de competencia equitativas en el mercado interior. Dicho reglamento regula de forma específica el Pasaporte Digital (DPP) que hará posible la transición al nuevo modelo de producción y consumo responsable auspiciado por Naciones Unidas.
El DPP facilitará el acceso a la trazabilidad ambiental del producto facilitando información sobre su durabilidad y fiabilidad; reutilizabilidad; actualizabilidad; reparabilidad; mantenimiento y reacondicionamiento; presencia de sustancias preocupantes en los productos; eficiencia en cuanto al uso de energía y de recursos; contenido reciclado en los productos; refabricación y reciclado, huella de carbono, y generación prevista de residuos al final de su vida útil.
La norma comunitaria fija la información que debe incluirse en el DPP, los tipos de soportes de datos que se deben utilizar, su formato y ubicación por modelo, lote o artículo; la manera en que debe ponerse a disposición de los clientes; los agentes autorizados para el acceso a la información contenida y su actualización. Todo ello, sin perjuicio de que la comisión podrá declarar ciertos grupos de productos exentos de dichos requisitos.
El DDP garantizará que a lo largo de la cadena de valor del producto se pueda acceder a información ambiental relevante del mismo, facilitando la verificación del cumplimiento normativo de los requisitos que se lleguen a exigir a un determinado grupo de productos.
El DPP no sólo será preceptivo para los productores, sino que también será decisivo por cuanto que sólo podrán introducirse en el mercado interior los productos que tengan un pasaporte digital que cumpla con los requisitos que hemos relacionado.
La Comisión Europea conectará toda la información de los pasaportes digitales con el sistema de intercambio de certificados de la ventanilla única aduanera de la UE, permitiendo el intercambio automatizado de información con los sistemas aduaneros nacionales, lo cual permitirá la verificación automática del producto y su información antes de autorizar el despacho y acceso de los mismos en el mercado europeo.
Es importante recordar que el DPP aumentará de forma eficaz la disponibilidad y el acceso a la información que en materia de sostenibilidad exista, mejorando la capacidad para evaluar los productos y compararlos por ello, se convierte en un elemento decisivo para el empoderamiento del consumidor, garante de su derecho a la información en materia de sostenibilidad, y disruptor para alcanzar el modelo de producción y consumo responsable y sostenible auspiciado por el Green Deal de la Unión Europea y al que responde el ODS 12 de la Agenda 2030.
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