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El CGAE pide que el abogado pueda pactar su "libre y plena disponibilidad" con el bufete

El Pleno de la Abogacía apoya el registro horario pero solicitará a Trabajo que apruebe la posibilidad de poder exceptuar la norma

La presidenta del CAGE, Victoria Ortega, conversa con Miquel Roca durante el Congreso de la Abogacía celebrado en Valladolid.
La presidenta del CAGE, Victoria Ortega, conversa con Miquel Roca durante el Congreso de la Abogacía celebrado en Valladolid. CGAE

Dos meses después de la entrada en vigor de la obligatoriedad del registro horario, y tras semanas de mucha controversia en el seno de la profesión, el Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) ha aprobado su posición respecto a la aplicación del control de jornada en los bufetes. Tras el Pleno celebrado en León, el organismo ha difundido un comunicado en el que manifiesta dos ideas. La primera es que, de acuerdo con la actual redacción de la norma, la llevanza de un registro es obligatorio en todas y cada las firmas; también en los grandes bufetes. Ahora bien, en segundo lugar, el CGAE informa que trasladará al Ministerio de Trabajo una propuesta "de mejora" del texto. Y ahí es donde aparece la polémica.

Entre las peticiones se incluye la posibilidad de que los abogados puedan pactar con sus respectivas firmas un régimen de "libre" o de "plena disponibilidad" del tiempo de trabajo. Una excepción al régimen general de aplicación de la norma que ya ha suscitado las críticas de muchos abogados en las redes sociales, porque entienden que se está habilitando un mecanismo para saltarse una norma que pretende evitar los abusos en las jornadas de trabajo. 

"Dadas las singularidades y múltiples perfiles o modalidades de desarrollo de la abogacía por cuenta ajena, nada obsta a que se pacte un régimen de libre disponibilidad del tiempo de trabajo, o bien que la plena disponibilidad horaria constituya un elemento esencial para el correcto desarrollo del trabajo encomendado", afirma el documento que ha difundido el CGAE.

La compleja redacción del texto de la Abogacía pone de manifiesto la profunda controversia que vive la profesión en relación al tema de los horarios. Por un lado, muchísimos abogados de pequeños y medianos despachos claman por una regulación que limite los abusos horarios no pagados y la utilización de la figura del falso autónomo. Y por otro, los grandes despachos, en los que las larguísimas jornadas van acompañadas de una gran remuneración, no se sienten concernidos por una norma pensada para otro tipo de relaciones empresa-trabajador.

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El problema es que, tal y como subraya el CGAE, y, hace unos días, también manifestó la decana del Colegio de Barcelona (ICAB), Maria Eugènia Gay, en una entrevista en CincoDías Legal, la redacción vigente de al norma, no admite dudas: el registro también se aplica en los grandes bufetes. Entre medias, el Ministerio de Trabajo rechazó que entre sus planes a corto plazo estuviera aprobar ninguna excepción para los bufetes, información que adelantó este diario. 

El colectivo más beligerante a favor del registro horario han sido los jóvenes abogados. De hecho, el Grup de l'Advocacia Jove (GAJ) de Barcelona ha acusado al CGAE de "representar cada día menos" a los letrados de menor edad.

Descansos

En las cuatro páginas que componen el documento, el CGAE trata de conciliar las posturas de los abogados pro-registro y los grandes despachos. Sin ambigüedades, el texto afirma que el control de jornada "es de aplicación a todos los trabajadores con la única excepción del personal de alta dirección", colectivo en el que se sitúa también la abogacía por cuenta ajena. No obstante, ya introduce la idea de que el carácter liberal de la profesión requiere mayor "flexibilidad" y un "plus de disponibilidad" que, en todo caso, son "compensables con horas de descanso equivalentes o, en su defecto, abonos". En este contexto, el Pleno afirma que el registro debe servir para racionalizar los picos de sobreesfuerzo" y, así, debe caber la "distribución irregular de la jornada laboral a lo largo del año", por acuerdo colectivo o individual.

El Consejo apuesta por una singularización del registro de jornada de cada abogado o abogada, "para individualizar las condiciones de jornada". Así, las firmas deberán llevar a cabo una contabilización particular del tiempo de trabajo de cada profesional asegurando la "adecuada compensación, en tiempo y forma", de las prolongaciones de jornada.

En este punto, la institución se decanta por un sistema de descansos que permita no agotar el máximo de 80 horas extra anuales que establece la ley; esto es, tal y como establece la normativa laboral, compensando los excesos de jornada con descansos en los cuatro meses siguientes a su realización (en tal caso, no se tienen en cuenta para evaluar el máximo anual). Así, subraya el texto, un conteo individualizado de las horas de cada letrado no solo permitirá luchar contra los excesos sino, además, "ofrecer flexibilidades a los trabajadores así como al despacho u organización en la que ejercen su actividad profesional, por medio de compensaciones".

Pactos abogado-bufete

Tras afirmar lo anterior, el comunicado del CGAE incide en que "nada obsta" a que se pueda pactar un régimen de "libre" o "plena" disponibilidad entre el profesional y la firma. En tales casos, la retribución estipulada "podrá establecerse mediante pacto individual o colectivo, de suerte que ya compense la mayor dedicación y/o exigencia de tiempo de trabajo y, en su caso. module también desde el punto de vista retributivo el trabajo con carácter no presencial". En todo caso, se subraya que mientas no se apruebe una excepción en este sentido, "la jornada laboral ha de ser objeto de registro y su soporte debe ser conservado durante al menos cuatro años".

La crítica de muchos abogados en este punto es que los despachos podrán imponer, como condición de contratación a los jóvenes letrados, la aceptación de un pacto en este sentido. Y los profesionales, en una posición de mayor debilidad, no tendrán otra opción que aceptarlo para poder trabajar en dicha organización.

Por último, el CGAE manifiesta que es necesario aclarar si el tiempo dedicado a desplazamientos puntuales o extraordinarios desde su centro habitual de trabajo constituye tiempo efectivo de trabajo, posicionándose a favor de que computen como parte de la jornada.

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