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En colaboración conLa Ley

El cambio de letrado en el juicio oral no impide que se valore la prueba preconstituida

Los acusados tuvieron la oportunidad de impugnar lo manifestado por los testigos e incluso de interrogarles

Las declaraciones de testigos en la investigación de un delito son valorables como prueba, aunque no se reproduzcan en el juicio oral, en el caso de que el motivo de que no se repitan en esta fase sea la imposibilidad de localizarles. De hecho, según indica el Tribunal Supremo, cuando la prueba preconstituida practicada durante la instrucción cumple con todas las garantías de defensa, como son la presencia de los imputados y sus abogados, no hay motivo para no utilizarla, incluso a pesar de que el letrado de la defensa haya cambiado entre una y otra etapa del proceso judicial (pincha aquí para acceder a la sentencia).

El alto tribunal entiende que siempre que los acusados tengan la oportunidad de impugnar lo manifestado por los testigos e incluso de interrogarles, se cumple con el principio de contradicción, que otorga validez a la práctica de la prueba.

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En el caso concreto resuelto en esta sentencia, los recurrentes habían sido condenados por tres delitos de trata de seres humanos. Su recurso de casación se basaba en afirmar la falta de validez del material probatorio y la falta de práctica de determinadas pruebas testificales.

Ambos argumentos han sido rechazados por los magistrados, que han determinado que ya en fase de instrucción, ante la elevada posibilidad de que, llegado el momento de la vista, los testigos no pudieran comparecer, puesto que no residían en Canarias, se acordara que sus declaraciones fueran prueba preconstituida. En consecuencia, dichas manifestaciones se realizaron con todas las garantías, es decir, fueron documentadas mediante grabación audiovisual o acta extensa, en presencia de los acusados, sus abogados y con la intervención del Ministerio Fiscal.

Con respecto al hecho de que los letrados pre­sentes en el juicio eran distintos de los que intervinieron en la prueba preconstituida, el tribunal señala que ello no deteriora el valor de los testimonios, ya que, de ser así, supondría dejar en manos del acusado mantener o no la validez de la prueba anticipaday bastaría con un cambio estratégico de su dirección letrada para invalidar una declaración desfavorable.

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