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Así afecta la prórroga de las medidas anticrisis a la factura energética de los hogares

El BOE detalla el ritmo de subida de los impuestos al sector eléctrico. La TUR del gas para comunidades se amplía solo si se han instalado contadores

Julián Martín
La ministra para la Transición Ecológica y vicepresidenta segunda, Teresa Ribera.
La ministra para la Transición Ecológica y vicepresidenta segunda, Teresa Ribera.OLIVIER HOSLET (EFE)

La aprobación por parte del Consejo de Ministros del real decreto ley ómnibus extenderá gran parte de las medidas anticrisis aprobadas en la primavera de 2022 para revertir los efectos de la guerra de Ucrania. El pasado miércoles, lo anunció el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y ayer, apareció reflejado en el BOE.

El texto legal recoge su entrada en vigor para el 1 de enero de 2024, es decir, justo cuando decaerían las medidas anticrisis y cuando caducarían los tres impuestos nuevos establecidos por el gobierno de coalición. A pie de calle, la medida de mayor impacto es la subida del el IVA aplicado a la electricidad, que pasa del 5% con el que cerrará este año, al 10% con el que se mantendrá durante todo 2024. Además, vuelve el Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica (IVPEE), que pagan las empresas, pero que luego repercute en la factura.

Este tributo se suspendió para el tercer y cuarto trimestre de 2021 y la exención se prorrogó en 2022 y 2023. Durante su intervención, Sánchez adelantó que su aplicación se recuperará de forma paulatina, comenzando con un tipo del 3,5% hasta marzo para luego pasar al 5,25% hasta junio. A partir de julio volverá al 7% que marcaba antes de la crisis. También será escalonada la subida de la base imponible del Impuesto Especial sobre la Electricidad (IEE), que ahora se encuentra en el 0,5%. A partir del 1 de enero y hasta marzo se fijará en el 2,5%, de abril a junio pasará al 3,8% y, finalmente, volverá al 5,1% en el que se situaba antes de la aplicación de las medidas anticrisis.

El Ejecutivo, asimismo, también eleva el IVA del gas hasta el 10%, aunque por poco tiempo: a partir de abril volverá al gravamen del 21% que ostentaba antes de 2022. Sin embargo, el Ejecutivo sí ha prorrogado hasta finales de junio la bonificación en la Tarifa de Último Recurso (TUR) vecinal del gas, es decir, la que pagan las comunidades de vecinos con calefacción central a gas.

La prórroga, no obstante, excluye a los consumidores que a 1 de octubre pasado no hubieran instalado los repartidores de costes o contadores individuales de calefacción y que tampoco hubieran enviado la correspondiente declaración responsable. También se mantienen los límites aplicados a la tarifa regulada del gas, que no podrá subir más de un 5% en las revisiones de enero y marzo.

Deducciones en IRPF

También se amplía un año las deducciones en el IRPF por obras de mejora de la eficiencia energética de las viviendas realizadas durante 2024. Gracias a esta medida, los contribuyentes podran deducirse el 20% de su inversión–con una base máxima de 5.000 euros– si consiguen reducir, al menos, un 7% la demanda de climatización en su vivienda. En caso de que las energías no renovables se redujesen en un 30%, el tributante podría deducirse el 40% en su declaración, pudiendo llegar a una retribución máxima de 7.000 euros.

Si la modificación se produce en un edificio residencial, los propietarios de las viviendas ubicadas en él pueden deducirse el 60% de las cantidades satisfechas si se certifica la reducción del consumo de energía no renovable, en un 30% como mínimo. La base máxima anual de esta deducción será de 5.000 euros anuales.

El autoconsumo en el Impuesto sobre Sociedades

Modificación. El BOE recoge la modificación del primer apartado del Impuesto sobre Sociedades para fomentar la libertad de amortización de las inversiones en energías renovables para el autoconsumo de energía eléctrica. Esta liquidación podrá realizarse en los períodos impositivos de 2023 y 2024, dependiendo de la fecha en la que estas instalaciones entren en funcionamiento. El decreto condiciona este beneficio a que durante los 24 meses siguientes, la plantilla media total de la entidad se mantenga respecto de la plantilla media de los doce meses anteriores. La cuantía máxima de la inversión que podrá beneficiarse del régimen de libertad de amortización será de 500.000 euros. 

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Julián Martín
Redactor de Cinco Días. Antes pasó por varias emisoras de la Cadena Ser y colaboró con diarios de la provincia de Huelva. Graduado en Periodismo por la Universidad de Sevilla y Máster en Periodismo UAM - EL PAÍS.
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