Cómo pedir las becas de estudio de 2023: novedades, plazos y requisitos
Este año aumenta la ayuda de complemento por residencia, la que perciben aquellos alumnos que han tenido que abandonar el hogar familiar para formarse
El Gobierno ya ha aprobado el real decreto para las nuevas becas para el curso 2023 / 2024 y este miércoles ha sido publicado en el BOE. Este año, la partida dedicada a las ayudas que percibirán los estudiantes es la más grande de la historia, con 2.520 millones de euros en total asignados a apoyar económicamente a los estudiantes. Con este monto, el Gobierno calcula que la cantidad media para cada alumno que la reciba será de 1.730 euros para estudiantes no universitarios y 3.130 para universitarios. Se espera que cerca de un millón de estudiantes tenga acceso a estas becas.
En el caso de estudios universitarios, como sucedía con anterioridad, las ayudas cubrirán el importe de los créditos de los que el alumno se matricule por primera vez. Además, incluyen una cuantía fija en función de renta de hasta 1.700 euros, un complemento de residencia para los estudiantes que hayan tenido que desplazarse del hogar familiar de máximo 2.500 euros y una cifra extra por excelencia académica de entre 50 y 125 euros por superar el 8 de media, así como una asignación variable, que depende de lo sobrante de la partida presupuestaria, de la renta del alumno y de la nota media que obtuvo el curso pasado.
Para formación no universitaria, se podrán solicitar becas para aquellos estudiantes que vayan a cursar Bachillerato, Formación Profesional de grado medio y superior, Enseñanzas Artísticas profesionales y superiores, enseñanzas de idiomas en Escuelas Oficiales, enseñanzas deportivas, estudios religiosos superiores o Formación Profesional de grado básico. Los alumnos de estas disciplinas pueden optar a una ayuda que, en el caso de concederse, como mínimo, es de 300 euros.
Novedades
En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros en el que se aprobó el decreto de ayudas de este año, la ministra de Educación y Formación Profesional, Pilar Alegría, precisó dos nuevas características: el aumento de la ayuda por complemento de residencia y la creación de un nuevo complemento de 400 euros mensuales para alumnos con necesidades especiales. Esta última se justifica por el hecho de que las familias con hijos o hijas que tienen estas necesidades “asumen unos costes adicionales muy significativos para atender los requerimientos vitales”, según la norma.
En lo referente a la residencia, la cuantía percibida podrá ser de hasta 2.500 euros desde los 1.600 que tenía anteriormente de máximo. Tendrán derecho al nuevo complemento de 400 euros, según la ministra Alegría, aquellos estudiantes con una discapacidad superior al 33%, los que tengan trastornos graves de conducta o los que tengan autismo.
Plazos
Según recoge el real decreto, para el próximo curso 2023-2024 se consolidan la revisión de los calendarios y plazos de presentación de solicitudes y de las fases del proceso de gestión de las becas que ya se implementaron en el 2022-2023.
Si bien la norma no recoge fechas como tal, un dato que se incluirá en las convocatorias de becas 2023/2024 que se publiquen, la ministra Pilar Alegría adelantó que durante el mes de marzo y el mes de abril los jóvenes ya podrán solicitar las becas. En la anterior convocatoria, los plazos de solicitud tanto para estudios universitarios como de otro tipo iba del 30 de marzo al 16 de mayo.
Cómo pedir las becas
Para solicitarla, es necesario acceder a la Sede Electrónica del Ministerio de Educación e identificarse.
Una vez identificado, hay que proceder a rellenar un formulario que está disponible cuando se abre el plazo. Al rellenarlo, el Ministerio no pide que se aporte documentación adicional. “Las Unidades encargadas de la tramitación de becas consultarán todos los datos necesarios para comprobar que reúnes los requisitos para solicitarla. Solo en determinados supuestos te pediremos que aportes algún documento concreto”, especifican.
Requisitos generales
El Ministerio de Educación establece una serie de requisitos para determinar si concede la beca o no.
Hay dos generales. El primero de ellos es el de ser español o tener la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea. No obstante, para los que no reúnan esta condición, se les puede otorgar en el caso de ser menor de 18 años o haber tenido la residencia a 31 de diciembre de 2022. El segundo requisito general es no haber obtenido un título de nivel igual o superior al de los estudios para los que se pide la beca.
Requisitos económicos
El objetivo de las becas es tratar de facilitar el acceso a la educación a aquellos con menos recursos. Como tal, el componente económico es clave a la hora de determinar si se asigna la ayuda o no.
El Ministerio tiene en cuenta la situación económica del año anterior de la unidad familiar del alumno. Se fijan en cuatro apartados. Renta, que se guía por unos baremos que se publican en el conocido como decreto de umbrales. Que no se exceda un determinado valor de inmuebles sin tener en cuenta en el cómputo el domicilio familiar habitual (la suma del valor de las fincas urbanas o rurales que se tengan no podrá superar los 42.900 euros). Que no se tenga rendimientos netos del capital mobiliario más las ganancias patrimoniales de la unidad familiar superiores a 1.700 euros y que no haya ingresos procedentes de actividades económicas o participación en entidades que superen los 155.500 euros.
El límite de rentas se calcula en función del número de integrantes de la unidad familiar y se divide en tres umbrales. En el primer umbral, las ayudas son de mayor cuantía, mientras que más allá del tercero, se pierde el derecho a la beca. Por ejemplo, una pareja con un hijo único que va a comenzar su primer año de carrera universitaria puede tener una renta máxima entre todos sus integrantes de 34.352 euros en el año 2022 para poder percibir una beca en el curso 2023 / 2024.
A la hora de calcular la renta a efectos de determinar si se entrega o no la ayuda, hay una serie de deducciones que hay que tener en cuenta.
- Los ingresos aportados por cualquier miembro de la unidad familiar que no sea alguno de los sustentadores principales computan el 50%.
- Se restan 525 euros por cada una de las hermanas y hermanos que sea miembro computable y conviva en el domicilio familiar, incluida la persona solicitante, cuando se trate de familias numerosas de categoría general, y 800 euros si se trata de familias numerosas de categoría especial.
- Se descuentan del cómputo 1.811 euros por cada una de las hermanas y hermanos, o por cada una de las hijos e hijas de la persona solicitante o la propia persona solicitante que presente discapacidad, legalmente reconocida, de grado igual o superior al 33 por ciento, o 2.881 euros cuando la discapacidad sea de grado igual o superior al 65 por ciento.
- 1.176 euros menos a la suma total por cada una de las hermanas y hermanos de la persona solicitante menor de veinticinco años o por el propio solicitante que curse estudios universitarios y resida fuera del domicilio familiar.
- El 20% de la renta familiar en los supuestos de orfandad absoluta de la persona solicitante siempre que sea menor de veinticinco años.
- 500 euros por pertenecer la persona solicitante a una familia monoparental.
Requisitos académicos
En el lado académico, se pide un nivel mínimo de asignaturas matriculadas y más de un 5 de nota en los estudios anteriores en algunos casos. A falta de confirmarse algún cambio para la nueva convocatoria, se pueden comprobar en la página del Ministerio.
Conviene tener clara las distinciones que hacen desde el Ministerio a la hora de detallar los requisitos. Por un lado, dividen entre estudios universitarios y no universitarios. Luego, establecen unos requisitos académicos de cara al primer curso y otros para el segundo y los sucesivos si los hubiera.
A continuación, se puede consultar una lista desglosada de lo que se exige desde el Ministerio para cada caso concreto.
Requisitos académicos universitarios de primer curso
El alumno tiene que matricularse de 60 créditos. También puede tener beca, con algunas limitaciones y requisitos especiales, si se matricula al menos de 30 créditos. Es necesario tener una nota mínima de al menos 5 puntos en la prueba o enseñanza que ha dado acceso a la universidad.
Requisitos académicos universitarios del segundo curso y sucesivos
Al deber de estar matriculado como mínimo del mismo número de créditos que en el curso anterior, se le añade el haber tenido que aprobar un porcentaje de las asignaturas que varía en función de la rama de conocimiento. En ingenierías y arquitectura, se exige un 65% de aprobados, en ciencias de la salud, el 80%, en ciencias sociales y jurídicas, arte y humanidades, el 90%.
Requisitos académicos no universitarios de primer curso
- Bachillerato. Se necesita tener una nota media de, al menos, 5 puntos en 4.º de ESO o en la nota final del ciclo formativo de Grado Medio o Básico que haya dado acceso. Matricularse del curso completo o como mínimo de la mitad de las asignaturas y no estar repitiendo en el curso actual.
- Ciclo formativo de grado medio. Matricularse del curso completo o de la mitad de los módulos y no estar repitiendo en el curso actual.
- Ciclo formativo de grado superior. Tener una nota media de, al menos, 5 puntos en segundo de Bachillerato, en la prueba de acceso o en el curso de acceso. Si se accede desde un ciclo formativo de grado medio, se tiene en cuenta la nota final del ciclo. Matricularse del curso completo o de la mitad de los módulos. No estar repitiendo en el curso actual.
- Enseñanzas profesionales de música y danza. Matricularte del curso completo o de la mitad de las asignaturas. No estar repitiendo en el curso actual.
- Enseñanzas en escuelas oficiales de idiomas. Matricularse del curso completo. No estar repitiendo en el curso actual.
- Enseñanzas artísticas superiores y otros estudios superiores no universitarios. Matricularse del curso completo o de la mitad de las asignaturas. Tener 5 puntos en la prueba o curso de acceso.
Requisitos académicos no universitarios del segundo curso y sucesivos
- Bachillerato. No estar repitiendo. Matricularse del curso completo o como mínimo de la mitad de asignaturas y haber aprobado todas las asignaturas de primero, permitiéndose haber fallado en una.
- Ciclo formativo de grado medio. No estar repitiendo. Matricularse del curso completo o como mínimo de la mitad de módulos. Haber aprobado al menos el 85% del primer año.
- Ciclo formativo de grado superior. No estar repitiendo. Matricularse del curso completo o como mínimo de la mitad de módulos. Haber aprobado al menos el 85% del primer año.
- Enseñanzas profesionales de música y danza. No estar repitiendo. Matricularse del curso completo o como mínimo de la mitad de asignaturas y haber aprobado todas las asignaturas de primero, permitiéndose haber suspendido una.
- Enseñanzas en escuelas oficiales de idiomas. No estar repitiendo. Matricularse del curso completo.
- Enseñanzas artísticas superiores y otros estudios superiores no universitarios. Matricularse del curso completo o como mínimo de la mitad de asignaturas. Aprobar el mínimo de créditos que establece la convocatoria. Es el 90%.
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