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La EBA da más tiempo a las empresas cripto para operar con ‘stablecoins’ sin licencia de proveedor de servicios de pago

La industria celebra solo en parte esta decisión y crítica las limitaciones previstas por la autoridad. La mayoría de las empresas advierte de que se necesita más tiempo para obtener la autorización

Banderas de la UE frente a la sede de la Comisión Europea.Vincent Isore (Contactophoto)

La industria cripto ha entrado en la recta final de su proceso de autorización, con cientos de entidades en toda Europa que ya han asegurado su licencia MiCA y otras tantas a la espera de recibirla. No obstante, el laberinto burocrático no ha acabado y las empresas trabajan contrarreloj para pedir la autorización de proveedor de servicios de pago para poder operar con stablecoins, facilitando operaciones de pago. La Autoridad Bancaria Europea (EBA) introdujo este nuevo requisito el pasado verano y estableció que las entidades podían ofrecer estos servicios sin licencia solo hasta el 2 de marzo de 2026, desatando las críticas del sector que lo consideraba “desproporcionado”. Pero ahora ha ampliado este plazo: las que presenten su solicitud antes de esta fecha podrán seguir ofreciendo sus servicios hasta el 1 de julio de 2026, aunque con matices.

Desde la entrada en vigor de MiCA se ha producido un solapamiento regulatorio en las monedas estables (llamadas también e-money tokens): esta norma establece requisitos sobre su emisión y respaldo, pero estos activos también quedan sujetos a la normativa de dinero electrónico. La EBA considera que ciertas actividades con stablecoins, como las transferencias de estos activos, deben considerarse como operaciones de pago y que por eso tienen que regularse bajo PSD2 (la directiva sobre sistemas de pago).

La EBA expone tres posibles escenarios después del fatídico 2 de marzo. El primero, y más obvio, es que si una entidad ha obtenido la licencia antes de esa fecha o ha llegado a un acuerdo con otro operador autorizado podrá ofrecer servicios de pago con stablecoins. En cambio, si una entidad ha tramitado su solicitud pero no ha sido autorizada todavía por el supervisor local (en este caso, el Banco de España), se abren varios caminos.

Si una firma que solicita la licencia opera en un país donde el plazo transitorio para cumplir con MiCA es de 18 meses, podrá seguir ofreciendo servicios de pago con stablecoins hasta el 1 de julio de 2026 sin limitaciones. En cambio, si opera en un país donde este periodo de transición ya ha acabado, podrá seguir ofreciendo estos servicios pero con algunas limitaciones: no podrá ofrecerlos a nuevos clientes y tendrá que suspender cualquier operación comercial o de marketing sobre ellos. En este caso, la autoridad europea no deja claros los plazos y solo establece que tiene que obtener la nueva licencia en un “periodo muy breve”: “en la práctica serían un par de meses” explica la EBA a este periodico.

En todo caso, para que los operadores puedan seguir prestando estos servicios con o sin limitaciones tienen que haber presentado un expediente completo, no pueden tener infracciones pendientes, y responder de forma ágil, transparente y exhaustiva a las peticiones del supervisor. Finalmente, en el tercer escenario se incluyen las entidades que no hayan solicitado la licencia de pagos antes del 2 de marzo, o que su expediente no cumpla con los requisitos previstos por la EBA. En estos casos, tendrán que cesar sus operaciones de pago con stablecoins y dar de baja a los clientes de estos servicios. Asimismo, la EBA señala a CincoDías que las entidades que no consigan la licencia antes del 1 de julio tendrán que suspender estos servicios.

Desde la industria han acogido con sabor agridulce esta nueva opinión de la EBA. Celebran que se haya ampliado el plazo pero lo consideran todavía insuficiente para asegurarse la autorización y critican las limitaciones previstas por la autoridad. La EBA estima que desde la publicación de su carta el pasado junio, más de 100 empresas cripto se han puesto en contacto informalmente con los reguladores locales y varias decenas ha presentado una solicitud de autorización.

Pero si se mira al caso español, la mayoría de las empresas sigue en el proceso de obtención de MiCA y trabaja contrarreloj para intentar presentar un expediente completo antes de marzo. De las que ya han obtenido MiCA, solo Bit2Me ha presentado su solicitud al Banco de España el pasado diciembre para operar servicios de pago, mientras Crossmint trabaja para enviarla a finales de mes. El banco central no revela cuántas peticiones ha recibido hasta ahora, aunque reconoce que diversas empresas han mostrado interés.

João Augusto Teixeira, director de cumplimiento del exchange español, aplaude la flexibilidad que ha concedido la EBA. “Tiene sentido que los supervisores dejen operar a una empresa que ha presentado el expediente. Aunque quizás sea un poco drástico para aquellos que no lleguen a tiempo y tengan que cesar su actividad, porque todos estábamos trabajando en MiCA y es una carga difícil de asumir”, explica. Pese a haber presentado ya su solicitud, confiesa que en la plataforma seguían preocupados: “Con los plazos anteriores no hubiéramos podido operar desde marzo, porque aunque la nueva licencia prevé un proceso simplificado, una autorización tarda meses en concederse”, señala. Miguel Ángel Zapatero, director jurídico de Crossmint, también celebra que se hayan extendido los plazos. “Son solo tres meses, pero nos permite seguir operando sin tener que paralizar las actividades para los clientes existentes”.

Esta nueva carta de la EBA llega un mes después de que cinco asociaciones del sector, que representan los intereses de cientos de empresas de la industria, así como otras 12 entidades más, enviaran una misiva a los legisladores europeos para pedir que se establezca un periodo transitorio, a imagen y semejanza del plazo previsto por MiCA, para que las empresas puedan ofrecer estos servicios sin licencia. La industria pide que se extienda hasta julio de 2027. Adriana Torres, responsable de asuntos europeos de Adan, asegura que, pese a la carta de la EBA, seguirán negociando con los legisladores para que esto sea realidad. “La industria está muy preocupada por el alto impacto en sus operaciones en un plazo muy corto. Esto revela la necesidad de buscar soluciones y certeza jurídica”, concluye.

Preguntada por esta posibilidad, la EBA confirma a este periódico que no prevé cambiar nuevamente estos plazos. “El período transitorio de 9 meses constituye el equilibrio adecuado entre las exigencias contrapuestas de permitir que los proveedores de criptoactivos continúen prestando servicios de EMT que califiquen como servicios de pago, por un lado, y limitar el tiempo durante el cual estos proveedores pueden operar sin la licencia legalmente requerida y, por tanto, exponer a sus usuarios de pago a riesgos, por otro”, inciden. La autoridad insiste en que más de 1.500 entidades en la UE han logrado obtener una licencia como entidades de pago o de dinero electrónico a lo largo de los años, y se ha demostrado que nueve meses es un período viable para que una solicitud con documentación completa sea resuelta.

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