La Audiencia Nacional rechaza investigar la guerra judicial de los Ybarra por la gestión de la sociedad familiar
La Sala de lo Penal confirma que no es competente en la denuncia por apropiación indebida de Santiago Ybarra contra sus sobrinos


La Audiencia Nacional ha rechazado entrar a valorar la pugna que vive la familia Ybarra, una de las familias más conocidas en el mundo empresarial y de la élite vasca, por la gestión de Mezouna, la sociedad patrimonial familiar a través de la cual se han canalizado su histórica participación en el grupo editorial Vocento o en la siderúrgica Tubos Reunidos. La Sala de lo Penal ha dado carpetazo a la denuncia que Santiago Ybarra presentó contra sus sobrinos, los hijos del fallecido expresidente de BBVA Emilio Ybarra, a quienes acusa de haberle causado un perjuicio como mínimo de más de 12 millones de euros.
El tribunal considera que los hechos denunciados corresponden a una disputa familiar y que no se cumplen los requisitos para que la Audiencia Nacional abra una línea de investigación. En este sentido, en un auto con fecha del pasado 3 de septiembre, los magistrados han desestimado el recurso del empresario Santiago Ybarra contra la decisión de la jueza María Tardón, titular del Juzgado Central de Instrucción número 3, de declararse no competente para iniciar las pesquisas solicitadas.
Santiago Ybarra atribuye a sus sobrinos Ignacio, Emilio, María y Lucía ―que ostentan la participación mayoritaria en la sociedad familiar― la comisión de delitos societarios, apropiación indebida o administración desleal por posibles irregularidades en la gestión de Mezouna. El escrito presentado ante la Audiencia Nacional relata la existencia de distintos acuerdos entre algunos socios de la patrimonial para perjudicar al denunciante y apropiarse de los fondos, aprovechando su avanzada edad y que no tiene descendencia. En este sentido, señala que sus sobrinos le causaron un perjuicio económico que cifra entre 12,8 millones y 40,2 millones de euros.
La cuantía es precisamente uno de los argumentos utilizados por la defensa de Santiago Ybarra para justificar la presentación de la denuncia en la Audiencia Nacional. La jurisprudencia ha determinado la competencia de los órganos centrales para investigar y enjuiciar los presuntos fraudes de, como mínimo, siete millones de euros. Sin embargo, la Sala de lo Penal recuerda que este límite es “orientativo”, ni debe interpretarse de “forma rígida”, ya que el fraude debe conjugarse con otros factores como el número real de posibles afectados por los hechos, la complejidad de los mismos, o que estos puedan afectar gravemente o tengan repercusión en la economía nacional.
“De momento, no parece que vaya a ocurrir, puesto que la denuncia se circunscribe a una cuestión patrimonial entre miembros de la familia Ybarra sin que dicha cuestión pueda trascender a la economía nacional o vaya a afectar a múltiples perjudicados”, concluye el tribunal. En cualquier caso, los magistrados apuntan que para averiguar si realmente se ocasionó un perjuicio particular a Santiago Ybarra sería necesario realizar una investigación, por lo que emplaza al empresario a llevar la denuncia a un juzgado ordinario, si lo estima pertinente.
Tras conocer la decisión de la jueza Tardón y mientras se tramitaba la apelación en la Sala de lo Penal, la defensa del empresario presentó la denuncia en los juzgados madrileños de Plaza Castilla. Sin embargo, el Juzgado de Instrucción número 26 de Madrid entendió que los hechos denunciados encajan perfectamente en las competencias de la Audiencia Nacional, por lo que se ha inhibido en su favor, de acuerdo a un auto del pasado 27 de julio. Este conflicto de competencia entre la Audiencia Nacional y los juzgados madrileños deberá ser resuelto por el Tribunal Supremo, que dirá quien deberá analizar el caso.
Entre los hechos denunciados, Santiago Ybarra destaca el deterioro de las acciones de Mezouna en Tubos Reunidos (en concurso de acreedores desde el pasado mayo) y Vocento a lo largo de los últimos 10 años, así como el cobro de salarios por parte de dos de sus sobrinos de las participadas que, a su juicio, debían haberse integrado en la sociedad patrimonial. Ignacio Ybarra dejó el pasado mayo la Presidencia del grupo editorial tras siete años.
Conflicto de más de 15 años
Mezouna es el epicentro de un largo conflicto familiar que se arrastra desde hace más de 15 años. Tras unas desavenencias entre los hermanos por la gestión de la sociedad, Santiago Ybarra realizó en octubre de 2009 una serie de operaciones mediante las que adquirió participaciones de Mezouna con el objetivo de conseguir el control efectivo de la mercantil. En concreto, y haciendo uso de unos poderes muy amplios de enajenación de bienes, vendió a su esposa, Mercedes Baptista, 12 participaciones que correspondían a su hermano Emilio y a su madre. Antes de aquellas compraventas, Santiago Ybarra tenía el 49,9% de Mezouna, mientras que Emilio Ybarra y sus cuatro hijos reunían otro 49,9%; y la madre de ambos, Dolores de Churruca, el 0,0023% restante.
Este asunto llegó hasta el Tribunal Supremo que, en una sentencia de mayo de 2016, anuló la venta de participaciones, al entender que Santiago Ybarra acometió el traspaso de las acciones para su “interés propio para detentar la mayoría del capital” y sin consentimiento de su hermano y madre.
Para contrarrestar el movimiento de su hermano, en noviembre de 2009, Emilio Ybarra vendió participaciones, en representación de su hermano, a sus hijos, lo que vino acompañado del traspaso de las acciones de la abuela a sus nietos. No obstante, la Audiencia de Bilbao anuló esta operación, lo que no fue recurrido ante una instancia superior.
De este modo, ambos fallos judiciales dejaron el accionario de Mezouna tal y como estaba planteado inicialmente. Sin embargo, el testamento de Dolores de Churruca dio un pequeño vuelco al esquema empresarial, ya que cedió su pequeña parte en la sociedad patrimonial a Emilio Ybarra, lo que ha permitido a sus hijos ostentar el control de la empresa familiar.