Competencia multa con 320.000 euros a Endesa por generar confusión entre sus marcas
El regulador aprecia incumplimiento de las obligaciones de separación e identificación entre las comercializadoras reguladas y las que operan en el mercado libre

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto una multa de 320.000 euros a Energía XXI Comercializadora de Referencia, perteneciente al Grupo Endesa, por incumplir las obligaciones de separación e identificación entre las comercializadoras reguladas y las que operan en el mercado libre.
Según informó este jueves el organismo supervisor, la sanción se deriva de varios incumplimientos detectados durante una inspección realizada para verificar las obligaciones previstas en la Ley del Sector Eléctrico. La CNMC concluyó que Energía XXI dificultó su identificación clara e inequívoca como comercializadora de referencia. En concreto, empleó en sus contactos telefónicos denominaciones sociales o nombres comerciales vinculados a otras empresas y utilizó en documentación contractual elementos identificativos asociados a la marca Endesa, vinculada al mercado libre.
El regulador considera que estas prácticas generaron confusión entre los consumidores y pudieron dificultar su capacidad para distinguir entre las ofertas del mercado regulado y las del mercado libre. La normativa obliga a las comercializadoras de referencia a mantener una imagen y una comunicación claramente diferenciadas de las sociedades de su mismo grupo que operan en el mercado libre, con el objetivo de proteger a los consumidores y preservar la competencia.
La CNMC recordó que no es necesario acreditar una contratación errónea o un perjuicio efectivo para apreciar el incumplimiento, sino que basta con que los elementos utilizados puedan generar confusión sobre la identidad de la comercializadora.
El organismo impuso inicialmente una sanción de 400.000 euros por una infracción grave de la Ley del Sector Eléctrico. No obstante, la cuantía quedó reducida a 320.000 euros tras aplicarse la reducción del 20% prevista para los supuestos de pago voluntario.
El regulador señaló que no se acreditaron daños, beneficios económicos ni intencionalidad en la conducta, aunque destacó que Energía XXI forma parte de uno de los principales grupos energéticos del país y dispone de capacidad suficiente para evitar este tipo de situaciones.