Ir al contenido
_
_
_
_

La justicia anula el despido colectivo en la productora LaLiga Studios que afectó a toda la plantilla

LaLiga y Banijay Iberia se unieron en 2023 para lanzar el proyecto audiovisual, que solo ha durado dos años y medio

Javier Tebas, presidente de LaLiga, atiende a los medios durante la presentación del documental "El Sentido", sobre LaLiga Genuine Moeve, el pasado octubre.SERGIO PEREZ (EFE)

El despido colectivo en LaLiga Studios es nulo. Así lo ha declarado el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) en una sentencia, dictada el pasado 14 de mayo, en la que no da validez a las restricciones del contrato por un defecto de forma. La Sala de lo Social confirma que la mala situación de la empresa justificaba el cierre de la compañía, tras dos años solo de andadura, si bien la notificación a los representantes de los trabajadores se hizo incorrectamente.

LaLiga (a través de su filial LaLiga Group Internacional) se unió, mediante una joint venture en 2023, a Banijay Iberia, la productora de conocidos programas televisivos, como MasterChef, La Isla de las Tentaciones, Operación Triunfo, Gran Hermano, Supervivientes o Tu cara me suena, para dar vida a LaLiga Studios y crear contenido relacionado con el deporte y sus valores audiovisuales.

Entre el catálogo de la productora, en la que el organismo deportivo presidido por Javier Tebas tenía un 49% y la productora pilotada por Pilar Blasco un 51%, figura el largometraje documental El Sentido, que narra historias personales y de superación de LaLiga Genuine Moeve, la competición formada por equipos con personas con discapacidad intelectual.

La trayectoria de esta alianza fue corta, de algo más de dos años, pues en septiembre de 2025 echó el cierre, lo que conllevó el despido de casi toda la plantilla, que se componía de 40 empleados (en total, fueron 38 los afectados). “Tras más de dos años de colaboración, Banijay Iberia y LaLiga han decidido, de mutuo acuerdo, disolver LaLiga Studios; de este modo, ambas compañías se centrarán en sus proyectos de forma independiente, pudiendo establecer acuerdos de colaboración puntuales”, se indicó en el comunicado oficial.

Descenso de ingresos y aumento de pérdidas

Según consta en la sentencia del TSJM ―que aún no es firme, ya que cabe la posibilidad de recurrir ante el Tribunal Supremo―, el proyecto audiovisual registró resultados negativos en los tres ejercicios que estuvo operando. Destaca que los ingresos oscilaron entre los 3,5 millones de euros en 2023 a 1,7 millones a junio de 2025; y que las pérdidas de explotación acumuladas al cierre eran de 841.295 euros. Con este escenario, el consejo de administración de la compañía acordó el 30 de julio de 2025 llevar a cabo un expediente de regulación de empleo (ERE) para toda o parte de la plantilla de trabajadores.

La comisión representativa de los trabajadores recurrió el cese general, alegando que el periodo de consultas estuvo marcado desde el inicio por la entrega tardía e incompleta de documentación necesaria para conocer el estado real de la empresa, como las cuentas auditadas, y que justificaba el despido de la totalidad de la plantilla.

Sin embargo, el TSJM considera que dicha información se entregó y que ello, pese a la demora, “no ha impedido conocer la situación económica de la empresa ni ha dificultado la negociación”. Asimismo, da por acreditado la mala situación de la productora audiovisual del organismo futbolístico por las pérdidas económicas registradas.

También descarta a entrar a valorar si las indemnizaciones puestas a disposición por los trabajadores son inferiores a lo marcado por la ley, y si la empresa debió comunicar con seis meses de antelación el cierre del centro de trabajo, al entender que no cuenta con tal obligación porque el ERE afectó a menos de 50 empleados, mínimo que marca el reglamento que regula los despidos colectivos. Resuelto todo esto, también absuelve a Banijay de cualquier tipo de responsabilidad en el proceso de cese, al entender que LaLiga Studios no formaba parte de su “grupo de empresas”.

Comunicación tardía a los representantes

Sin embargo, el tribunal sí da la razón a los demandantes sobre la forma en la que se comunicó el ERE. Según consta en la resolución, LaLiga Studios notificó individualmente las resoluciones de los contratos un día antes que la representación de los trabajadores. Sobre este hecho, los magistrados madrileños recuerdan que la doctrina del Supremo establece que, de acuerdo al Estatuto de los Trabajadores, la empresa debe comunicar la “decisión final” del despido colectivo a los representantes antes de proceder a ellos. En conclusión, “si no hay comunicación no hay despido”, señala la sentencia parafraseando al alto tribunal.

“En consecuencia, conforme a la doctrina citada precedentemente, cuando finaliza sin acuerdo el periodo de consultas, la empresa debe remitir a la representación de los trabajadores la decisión final que haya adoptado en relación con el despido colectivo y las condiciones de este. Por tanto, siendo tan específica la comunicación que debe enviar el empresario a los representantes legales de los trabajadores, no cabe duda de que solo se exige la notificación para el caso de que no exista acuerdo, que es cuando aquélla debe tener conocimiento del alcance de la medida extintiva que se va a adoptar”, reza la sentencia.

De este modo, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid declara nulo el despido y reconoce el derecho de los trabajadores afectados a la reincorporación en sus puestos de trabajo con abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta su efectiva readmisión. No obstante, el fallo también indica que tras la reincorporación de los trabajadores, estos tienen la obligación de reintegrar la indemnización.

Rellena tu nombre y apellido para comentarcompletar datos

Archivado En

_

Buscar bolsas y mercados

_
_