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REE denuncia un conflicto de interés de la CNMC en su expediente sobre el apagón

El operador del sistema eléctrico pide en sus alegaciones que el organismo archive el procedimiento sancionador incoado el 17 de abril

Vista del centro de control eléctrico (Cecoel) de Red Eléctrica en Madrid. Mariscal (EFE)

Red Eléctrica (REE), filial del grupo Redeia, responsable del transporte en alta tensión y la operación del sistema eléctrico en España, ha presentado sus alegaciones al expediente sancionador incoado por la Dirección de Energía de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) en el marco de la investigación abierta por el organismo sobre el apagón del 28 de abril de 2025 que afectó a la península Ibérica.

En dichas alegaciones la compañía pide el archivo del expediente y considera que el organismo está sumido en un conflicto de interés. Según un comunicado de prensa, REE “defiende y demuestra la plena adecuación de su actuación a la normativa vigente” y sostiene “que no existe infracción alguna que pueda serle atribuida, adjuntando todas las pruebas demostrativas de dicho cumplimento”, lo que, a su juicio, “debe conducir al inmediato archivo del expediente”. REE había pedido una ampliación del plazo de alegaciones de 10 a 15 días.

El organismo supervisor que preside Cani Fernández considera en su procedimiento que REE cometió una infracción muy grave por el supuesto incumplimiento de algunas de las funciones como operador del sistema que le impone la Ley del Sector Eléctrico (LSE). Concretamente, el 17 de abril comunicó la apertura de un expediente sancionador a Red Eléctrica, por incumplimiento del artículo 64.25 relativo a diferentes funciones “con perjuicio para el sistema o sujetos”. Se trata de las funciones k-, l-, r- y u- del artículo 30.2 de dicha ley.

La alegante alude a la falta “de la más mínima precisión necesaria sobre los hechos en los que la CNMC fundamenta su imputación”, lo que coloca a la empresa “en una situación manifiesta de indefensión en la que, en contra de toda lógica, se ve obligada a probar su inocencia”. Para la compañía que preside Beatriz Corredor, “esta falta de precisión es incompatible con la complejidad técnica y el carácter exhaustivo del procedimiento previo tramitado por la CNMC, al que Red Eléctrica ha aportado, a petición del propio regulador, más de medio centenar de informes y documentos que evidencian la improcedencia del expediente sancionador contra el operador del sistema”. Documentación que, sin embargo “y sorprendentemente”, no se incorpora en el expediente sancionador, señala la compañía en el comunicado.

Por otro lado, Red Eléctrica pone de manifiesto, en sus alegaciones, “la situación de conflicto de interés públicamente conocida de la CNMC, lo que comprometería las debidas garantías de imparcialidad y objetividad”. Aunque no argumenta por qué existe dicho conflicto, todo apunta a que hace referencia al doble papel de regulador y de supervisor expost del organismo. Como regulador, la CNMC fue acusada por REE de no haber aprobado el nuevo Procedimiento de Operación (O.P.) 7.4, relativo al control de tensión, que el operador solicitó a la vista del importante volumen de renovables que venían entrando en el sistema.

La propuesta estuvo en el cajón de la CNMC desde 2020 y tras el apagón, fue aprobada el verano pasado. El objetivo del nuevo P.O. 7.4 era permitir a las energías verdes ofrecer control dinámico de tensión, lo cual no podían hacer hasta ahora. El apagón fue causado por sobretensiones por energía reactiva (la que se produce y no se consume) que no fue absorbida por instalaciones síncronas (hidráulica y ciclos combinados de gas). Quienes acusan al operador argumentan que el 28 de abril de 2025 había programado insuficiente energía síncrona, lo que derivó en sobretensiones que provocaron la caída en cascada del sistema.

En una reciente entrevista con este diario, la presidenta de Redeia aseguró que su compañía iba “a demostrar que ese expediente es injustificado y que, como bien dice el acuerdo del consejo de la CNMC que acordó el inicio de la tramitación, puede haber indicios a descartar por la instrucción posterior”. En su opinión, “la instrucción más importante que se ha hecho, que es la del panel de 50 expertos europeos, cuyo informe se publicó el 25 de marzo, elude toda responsabilidad de Red Eléctrica”. El operador sigue apuntando como causa al incumplimiento de los rangos de tensión por parte de las eléctrica.

Expedientes masivos

Además del expediente abierto contra Red Eléctrica, tras investigar casi un año las causas del apagón, la CNMC ha incoado también otros 63 expedientes sancionadores a compañías eléctricas por distintos incumplimientos de la LSE en los dos últimos años, tanto a filiales de generación, como a matrices. La inmensa mayoría ha recaído en instalaciones de las tres grandes eléctricas: Iberdrola (24), Endesa (19) y Naturgy (11), aunque también en otras eléctricas de menor peso, como Repsol, TotalEnergy o EDP.

No obstante, el organismo aclaraba que “los hechos objeto de estos procedimientos no implican, por sí mismos, la atribución del origen o causa del apagón a las empresas afectadas, dado que el incidente respondió a un origen multifactorial”. Desde entonces, la CNMC ha publicado dos tandas de expedientes, que alcanzan ya los 64. Entre ellos hay otros dos por posibles infracciones muy graves que afectan a la sociedad Centrales Nucleares Almaraz-Trillo (participada por Iberdrola, Endesa y Naturgy) y a Iberdrola Generación Nuclear.

En este caso, indican fuentes empresariales, las expedientadas han pedido aclaraciones, ya que los datos que figuran en los expedientes (que son del propio operador) de cada instalación son altamente confusos: “hojas de excel con datos confusos”.

El plazo para la resolución de los expedientes se sitúa entre 9 y 18 meses. En el caso de la sanción a REE, la CNMC ha decidido dejarla en manos del Ministerio para la Transición Ecológica, argumentando que el incumplimiento al que hace alusión el expediente es de un procedimiento de operación aprobado por el departamento que dirige Sara Aagesen.

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