La justicia anula una de cada tres sanciones de la CNMC a empresas por cárteles

La Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo han revisado hasta el momento 36 de las 50 resoluciones dictadas por el regulador y en la mayoría de los casos ha ordenado hacer correcciones

Sede de La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). PABLO MONGE

Desde que se creó la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) en 2014, y hasta 2023, el órgano ha dictado 50 resoluciones contra cientos de empresas por su participación en acuerdos secretos que restringen la competencia, unas prácticas calificadas como cártel. Por esta actuación, que se encuentra prohibida por el artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia, el regulador ha impuesto multas millonarias a compañías y sus directivos, que prácticamente siempre acaban en los tribunales. Sin embargo, los jueces no siempre avalan las conclusiones de Competencia, ya que una de cada tres resoluciones son anuladas y en la mitad de los casos piden hacer correcciones sobre los periodos imputados o en las cuantías de las sanciones.

La Audiencia Nacional, a través de su sala de lo contencioso-administrativo, es el primer órgano que pasa el filtro judicial para aclarar si los expedientes al completo se han realizado bajo la legalidad. Las firmas y personas imputadas tienen derecho a recurrir las resoluciones de la CNMC, en las que se detallan los hechos que se consideran anticompetitivos y las multas impuestas. Asimismo, las sentencias dictadas en esta instancia pueden ser objeto de recurso ante el Tribunal Supremo, que tiene la última palabra sobre el asunto si las empresas o el regulador discrepan de los primeros fallos.

Normalmente, el Supremo suele confirmar lo dictaminado por la Audiencia Nacional, pero en algún caso el alto tribunal ha dado un vuelco a lo ya dictado, inclinando la balanza tanto a un lado como al otro del conflicto. Por ejemplo, en 2019 el Supremo estimó los recursos de las empresas sancionadas por el cártel de la recogida de papel, al no dar validez a las pruebas que acreditarían los hechos. Así, anuló el expediente, que un año antes había sido avalado por la Audiencia Nacional.

Y a favor del organismo que preside Cani Fernández se pronunció la máxima institución judicial española en 2018, cuando revocó las sentencias que anulaban las multas por el cártel de palés. En virtud de este fallo, la Audiencia confirmó la existencia de la conducta colusoria, pero estimó parcialmente las quejas de las compañías multadas y ordenó a recalcular las multas.

Según se desprende de las memorias anuales de la CNMC y de las diversas sentencias de la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo analizadas por este periódico, de las 50 resoluciones dictadas, por la suma de más de 1.000 millones de euros, la justicia solo ha revisado, por el momento, 36 de estos procedimientos, todos ellos de cárteles sancionados entre 2014 y 2019, y no todos han adquirido ya firmeza.

De los resueltos, el 30,5% de los casos han sido anulados por completo. Así ocurrió con el denominado cártel de basuras, por el que la CNMC sancionó en 2015 con un total de 89,2 millones de euros a 39 empresas, entre las que se encontraban FCC, Cespa (filial de Ferrovial), Urbaser (entonces perteneciente a ACS), Valoriza (Sacyr) y Saica, y tres asociaciones de gestión de residuos y saneamiento urbano por el reparto de contratos con administraciones de Málaga, Ceuta, Melilla y el Ayuntamiento de Madrid. La Audiencia Nacional estimó todos los recursos de las empresas y anuló el expediente al entender que no se había probado la existencia de un plan único de actuación.

Otro de los casos anulados es el que recayó sobre las empresas de seguridad Prosegur y Loomis, que fueron sancionadas en 2016 con 46,4 millones de euros. La Audiencia Nacional estimó los recursos de las compañías y sentenció que las pruebas recabadas durante el procedimiento sancionador no eran suficientes para atribuir la existencia de un reparto del mercado de transporte y manipulación de dinero durante siete años.

La Audiencia Nacional insistió en la necesidad de que la autoridad de competencia presentase pruebas contundentes y justificara las imputaciones en sus sentencias sobre el conocido como cártel de infraestructuras ferroviarias, que acabó tumbando. La CNMC sancionó en 2016 a cuatro empresas, como Amurrio o Duro Felguera, con un importe total de 5,58 millones de euros por repartirse el suministro de desvíos ferroviarios a Adif a través de una Unión Temporal de Empresas (UTE) durante más de 15 años, si bien el tribunal entendió que la resolución escaseaba de precisión y motivación de los hechos cuestionados y acordó su nulidad. Previamente, este caso marcó un precedente sobre las sanciones a directivos cuyas empresas han participado en cárteles. Tanto la Audiencia Nacional (en 2017) como el Tribunal Supremo (2019) respaldaron por primera vez que la CNMC sancionara a personas físicas por estos hechos, si bien en este procedimiento concreto finalmente las multas quedaron invalidadas.

Recálculo de multas y prescripción

En más de un 69% de los casos resueltos por los tribunales se ha confirmado la existencia de un cártel, pero el aval no ha sido íntegro en todos ellos. Solo un 25% de los 36 procedimientos revisados desde la perspectiva judicial han sido confirmados en su totalidad, mientras que en algo más de un 44,5% han sido confirmados parcialmente, ya que se ha ordenado recalcular las sanciones o se ha anulado alguna imputación concreta. Esto último ocurre cuando los magistrados entienden que no se ha acreditado en su totalidad la participación de las empresas o directivos en los cárteles porque los periodos investigados estén prescritos en parte o en su totalidad, o porque el cálculo de las multas no se han hecho correctamente.

De los casos confirmados íntegramente destaca el cártel de construcciones modulares, por el que la CNMC sancionó en 2015 a siete empresas, entre las que se encontraba Dragados, con 9,3 millones de euros en total por fijar precios y repartirse adjudicaciones y clientes en dicho mercado. Otro caso conocido que obtuvo el respaldo judicial por completo es el expediente por los nueve cárteles de mensajería y paquetería. Por estos hechos, Competencia multó en 2018 a 10 empresas que sellaron “pactos de no agresión” con un total de 68 millones de euros. Ambos casos acabaron en manos del Supremo, que dio el visto bueno a las dos resoluciones.

La mayoría de las sentencias aprueban parcialmente las conclusiones de la CNMC. El denominado cártel de la leche es uno de los mayores ejemplos. La CNMC emitió una resolución en 2015 contra empresas de la industria láctea y asociaciones por fijar precios de la compra de leche de vaca cruda entre los años 2000 y 2013, si bien la Audiencia Nacional tumbó el caso por defectos de forma que afectaban a los periodos implicados, una decisión que fue ratificada por el alto tribunal. Tras solucionar los errores cometidos, el regulador dictó una nueva resolución en julio 2019 y multó a ocho compañías lácteas y dos asociaciones con un total de 80,6 millones de euros. El pasado mes de febrero, la Audiencia dio por acreditada la existencia de un cártel, si bien ordenó corregir algunas de las penalizaciones. Este caso se ha elevado al Tribunal Supremo.

Algo similar pasó con los distintos cárteles de concesionarios que salpicaron en 2015 y 2016 a marcas como Toyota, Land Rover, Hyundai, Opel, Chevrolet o Volvo por fijar descuentos máximos en varios modelos e intercambiar información sensible desde septiembre de 2012 a junio de 2013. Los tribunales han confirmado las prácticas irregulares en todos los casos, salvo en Hyundai, cuya resolución fue anulada. Asimismo, ordenó recalcular las multas a gran parte de los concesionarios involucrados.

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