Los trabajadores de Masorange podrán apuntarse al ERE desde este martes

Tecnología y finanzas serán las áreas más afectadas. La voluntariedad será el primer criterio aunque la empresa tendrá derecho de veto

Concentración de trabajadores de Masorange contra el ERE, en Sevilla.Comisiones

Los trabajadores de Masorange podrán solicitar la adscripción voluntaria al expediente de regulación de empleo (ERE) puesto en marcha por la empresa para 650 personas dentro del plazo de 16 días naturales desde mañana mismo, 22 de octubre, hasta el 6 de noviembre, según consta en el acta del acuerdo firmado por la empresa y la mayoría de los sindicatos (los ocho representantes de UGT y Fetico votaron a favor y los cinco de CC OO, en contra).

El documento establece un cupo para las bajas por cada área de negocio, eliminando de esta manera el criterio inicial cuando se presentó el ERE el pasado 3 de septiembre que fijaba despidos por cada una de las sociedades afectadas por el ajuste (Orange Espagne, Orange España Comunicaciones Fijas, Xfera Móviles, Lorca Telecom Bidco, Euskaltel y R Cable y Telecable). De esta forma, el mayor número de salidas previstas será en el área de Tecnología (redes y sistemas), con 223 bajas; seguido de Finanzas (92), Producto (74), Operaciones (73), B2B (42) y Marketing y televisión (38).

No obstante, no se trata de cupos cerrados por lo que la empresa será flexible en su aplicación. El criterio “preferente y primero de afectación será la adscripción voluntaria a la medida de baja”. Una vez que el trabajador la formule, la empresa deberá aceptar o rechazar la solicitud en los siete días naturales siguientes a la finalización del periodo de adscripción voluntaria, es decir, hasta el día 13 de noviembre de 2024.

La solicitud podrá ser rechazada por parte de la empresa únicamente en dos supuestos. En primer lugar, cuando el número de solicitudes sea superior a los puestos de trabajo cuya amortización es necesaria en cada área. No obstante, se aceptarán aquellas peticiones que superen ese límite cuando en otras áreas no se haya alcanzado el excedente identificado, “siempre que sea posible ajustar organizativamente la plantilla mediante medidas de movilidad funcional”. El segundo motivo de veto se producirá “cuando por justificadas razones organizativas y/o productivas del puesto que ocupa la persona trabajadora o de su perfil, competencia, aptitud o rendimiento, se considere necesario el mantenimiento de la persona en el grupo”.

En caso de que las peticiones voluntarias no cubran los 650 empleados, la empresa seleccionará despidos forzosos con tres criterios: los excedentes por áreas; la menor polivalencia funcional, conocimientos, formación y capacidad de adaptación a la nueva organización y la menor valoración del rendimiento o potencial de desarrollo de la persona trabajadora.

En todos los supuestos, la empresa se compromete a facilitar la información que sea necesaria a la comisión de seguimiento, integrada por empresa y sindicatos, exponiendo los motivos concretos por los que se hubiera rechazado alguna solicitud de adhesión voluntaria, en caso de que se produzca dicho supuesto.

Condiciones económicas

Para los que salgan de la empresa voluntariamente, las indemnizaciones se establecen en la horquilla de entre 47 y 34 días por año trabajado (47 días hasta enero de 2012 y 34 días desde esa fecha), con un límite de 24 mensualidades. Para los despidos forzosos, la cuantía se rebaja a 45 y 33 días, respectivamente. Estas compensaciones se complementan con una prima de enganche para los voluntarios de 3.000 euros para aquellos empleados con una antigüedad menor a los ocho años; de 8.000 euros, para los que llevan entre 9 y 12 años; y de 15.000 euros para los que trabajan desde hace más de doce años en la empresa.

Respecto a las prejubilaciones, podrán acogerse a esta opción las personas de 56 y 57 años con antigüedad igual o superior a 9 años; y las de 58 a 62 con antigüedad igual o superior a 5 años. A todos ellos, se les abonará el 80% del salario regulador, que se obtendrá de la suma del 100% del salario fijo más el 50% del variable, y los complementos con retribución en especie que tengan categoría salarial. Hasta los 63 años se les abonarán las cuotas de la Seguridad Social de acuerdo al convenio especial (CESS). Se mantiene sin cambios la indemnización para los mayores de 63 años, quienes con la última oferta de la empresa percibirán el mínimo legal de 20 días y doce mensualidades.

El grupo laboral se compromete a no promover un nuevo ERE, ni abordar procesos de movilidad geográfica forzosa de carácter colectivo conforme a la legislación vigente ni procesos del mismo carácter tendentes a externalizar áreas de actividad con destrucción directa de empleo, hasta el 30 de junio de 2026, “todo ello siempre que no concurran motivos económicos o estructurales graves”.

Como complementos no salariales, se abonará el seguro médico durante dos años. Además, se llevará a cabo un plan de recolocación para los afectados por el ERE, sin límite temporal, dirigido al 100% de las personas que se adscriban, y que será gestionado a través de la empresa Right Management de Manpower.


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