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El Tribunal General de la UE confirma la multa a Qualcomm por vender chips 3G por debajo de coste

El tribunal rebaja ligeramente la sanción a 238,7 millones de euros

Logotipo de Microchip y Qualcomm en la pantalla de un teléfono en una foto tomada en Cracovia, Polonia, el 10 de abril de 2023.
Logotipo de Microchip y Qualcomm en la pantalla de un teléfono en una foto tomada en Cracovia, Polonia, el 10 de abril de 2023. Jakub Porzycki (NurPhoto/Getty Images)

El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) ha confirmado este miércoles una multa de cerca de 240 millones de euros impuesta por la Comisión Europea a Qualcomm por abuso de posición dominante por vender por debajo de coste chips de tercera generación (3G) para conectar teléfonos inteligentes y tabletas a las redes móviles.

El caso se remonta a 2019 cuando Bruselas consideró probado que la compañía incurrió en una práctica de precios predatoria entre 2009 y 2011, al vender sus chips 3G a Huawei y ZTE por debajo de su precio de coste con el objetivo de eliminar del mercado a su competidor Icera, lo que viola las reglas de la Unión Europea en materia de competencia.

Qualcomm acudió a la Justicia europea para solicitar la anulación de la multa o, con carácter subsidiario, una reducción sustancial del importe por irregularidades en el proceso. En la sentencia de este miércoles, ante la que cabe recurso, el Alto Tribunal europeo avala la decisión del Ejecutivo comunitario y rechaza todos los argumentos del demandante salvo el que recurre la forma de cálculo de la sanción.

Con ello, el Tribunal con sede en Luxemburgo ajusta el cálculo y rebaja levemente el monto de la multa, que pasa de los 242 millones de euros establecidos por la Comisión al concluir su investigación a los 238,7 millones de ahora.

Con todo, la sentencia desestima otras cuestiones como por ejemplo la alegación de Qualcomm según la cual la Comisión habría debido aplicar el criterio Small but significant and non-transitory increase in price (SSNIP-test) para definir el mercado relevante, ya que ese criterio no es el único método al que la Comisión puede recurrir para definir el mercado pertinente.

También desestima las críticas de la compañía sobre los costes de referencia utilizados por la Comisión en el marco de su análisis de precios y costes, en la medida en que los costes de referencia elegidos son más favorables para Qualcomm y porque la Comisión optó por comprobar la intención de la firma de eliminar a un competidor.

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