La Audiencia acota la acusación de Pérez Dolset y Anticorrupción contra los socios rusos de Fridman

La Sala de lo Penal recuerda a la familia fundadora de Zed Worldwide que tiene la condición de investigada e insiste en que se debe acreditar que los delitos se cometieron en España

Mijaíl Fridman, fundador de Letterone, en una foto de archivo.Pablo Monge

La Audiencia Nacional ha delimitado la acusación que dirigen Javier Pérez Dolset, fundador de Zed Worldwide, su familia, y la Fiscalía Anticorrupción contra los socios del magnate Mijaíl Fridman como responsables de la quiebra de la tecnológica española. La Sala de lo Penal ha recordado a la familia Pérez Dolset que su capacidad para recurrir las decisiones acordadas por el juez instructor está limitada porque no solo ejerce la acusación, ...

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La Audiencia Nacional ha delimitado la acusación que dirigen Javier Pérez Dolset, fundador de Zed Worldwide, su familia, y la Fiscalía Anticorrupción contra los socios del magnate Mijaíl Fridman como responsables de la quiebra de la tecnológica española. La Sala de lo Penal ha recordado a la familia Pérez Dolset que su capacidad para recurrir las decisiones acordadas por el juez instructor está limitada porque no solo ejerce la acusación, sino que también tienen la condición de investigados. Asimismo, ha vuelto a entrar en una de las cuestiones más relevantes de este procedimiento, que se inició en 2017: en qué casos la justicia española tiene jurisdicción para investigar a personas extranjeras, un aspecto que ya fue clave para el fundador del fondo de inversión LetterOne (accionista mayoritario de Dia), quien finalmente quedó fuera de la causa, y que mantiene en vilo a otros investigados. El tribunal ha precisado que es necesario acreditar que el delito se ha cometido en territorio nacional.

Los magistrados retoman esta discusión jurídica en dos autos, con fecha de los pasados 17 y 18 de junio, en los que desestiman los recursos planteados por Anticorrupción y por la familia Pérez Dolset, así como empresas vinculados a ellos, contra el sobreseimiento acordado con respecto a Sergey Gorbuntsov, uno de los empresarios rusos en el foco por supuestamente participar en la operación de “asfixia” económica de la compañía española, y que seguía órdenes de Vage Engibaryan, el socio ruso de la tecnológica y que se sitúa en la esfera de confianza de Fridman.

Las acusaciones insisten en que la Audiencia Nacional sí tiene competencia para investigar a Gorbuntsov y al resto de investigados rusos porque el delito principal que sustenta la causa es la despatrimonialización de la española Zed Worldwide. Para ello, se apoyaron en dos resoluciones anteriores del mismo tribunal que revocaron los archivos acordados sobre Fridman —en julio de 2021— y sobre Anton Kudryasov —el pasado mes de marzo―, el que fuera responsable máximo de Vimpelcom Rusia (ahora Veon), accionista de Zed Worldwide que también está bajo lupa por ordenar la cancelación de contratos que llevó a la agonía a la empresa de Pérez Dolset. En estos casos, la Audiencia Nacional señaló que existían indicios que acreditarían la participación de cada uno de ellos en un plan centrado en adquirir la empresa española a un precio muy inferior al de mercado.

La Sala de lo Penal Audiencia Nacional no acepta estos argumentos. Por un lado, rechaza analizar las alegaciones de la familia Pérez Dolset (que además se adhirieron al recurso de Anticorrupción), al considerar que no tiene legitimación para instar la “revisión” de una resolución de archivo respecto de otro investigado. Los magistrados explican que, de acuerdo a la doctrina del Tribunal Supremo, el cuestionamiento de la resoluciones judiciales solo corresponde a las acusaciones públicas; mientras que las acusaciones particulares, y sobre todo si estas tienen el estatus procesal de investigado, solo puede impugnar dichas decisiones si justifican “en qué les perjudica”, algo que, en este caso, no ve suficientemente argumentado.

Los daños económicos no determinan la competencia

Por otro lado, el tribunal afirma que “la mera existencia de unos perjuicios económicos no sirve por sí sola para determinar la jurisdicción de los tribunales españoles”. Asimismo, apunta que la situación ahora analizada sobre quien fuera director general de Temafon, una de las sociedades que, según la acusación pública, fue clave en la operativa planeada para llevar a Zed Worldwide a la insolvencia, no es del todo similar a las otras dos analizadas.

En el caso de Fridman, los recursos hacen referencia al auto que anuló el archivo acordado en 2020, si bien estas pesquisas centradas en la actuación del magnate de origen ucraniano se cerraron, por segunda vez, en octubre de 2023 —un año después de que se ordenara la reapertura —, al seguir el criterio marcado por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional acerca de la falta de competencia para imputar a las compañías extranjeras que aparecen en la trama. El tribunal dictaminó que las empresas investigadas no pueden ser perseguidas por la justicia española porque no tienen la obligación de cumplir con las exigencias legales españolas de tener un programa de prevención de delitos (compliance).

El juez que investiga el denominado caso Zed desimputó a Fridman, que interesó su archivo al entender que esta nueva tesis era aplicable. Aun así, el instructor añadió que no había claridad en que los delitos que se atribuyeron al magnate hubieran sido cometidos (si así se demostraba) en territorio nacional, aspecto que permitiría indagar en los hechos.

En este sentido, y comparando los casos, la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal indica que la Fiscalía Anticorrupción no ha probado todavía que las operaciones presuntamente ilícitas que se achacan a Gorbuntsov se hayan realizado en España, ni que ninguna de sus actuaciones hayan contribuido “eficaz y dolosamente a la declaración de insolvencia” de la sociedad española. Es más, en uno de sus autos, los magistrados aluden a un informe pericial, que obra en el sumario de la causa, que descarta que Temafon tuviera algún tipo de incidencia en la insolvencia de Zed Worldwide.

Asimismo, la Sala recuerda que el administrador concursal de la tecnológica española, en su informe de febrero de 2023, no hizo ninguna mención “a la intervención de las empresas rusas” en la quiebra de la compañía, ni consideró “la existencia de ninguna suerte de operativa agresiva por parte de aquellas”. Al contrario, calificó el concurso como culpable, achacando la mala situación de la empresa a la familia Pérez Dolset, como gestores directos, concluye el tribunal.

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