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El Supremo condena a Air Nostrum a pagar a pilotos los días descontados por vacunarse contra la covid-19

El Alto Tribunal afirma que los días que fueron desprogramados fue una medida de prevención de riesgos laborales que no puede afectar al trabajador

air nostrum
Un avión CRJ1000 de Air Nostrum.
Nuria Morcillo

El Tribunal Supremo obliga a la aerolínea Air Nostrum a pagar a pilotos y tripulantes de cabina de pasajeros el salario del día que no trabajaron para recibir la vacuna contra el covid-19, así como el correspondiente a los dos días siguientes ante posibles efectos secundarios. La Sala de lo Social del Alto Tribunal ha confirmado la sentencia que dictó la Audiencia Nacional el 31 de marzo de 2022, en la que reconoció el derecho de estos trabajadores a recibir el salario correspondiente a los días que fueron desprogramados.

El Supremo afirma que esta desprogramación durante al menos 48 horas sin actividad de vuelo como consecuencia de la vacunación fue decisión de la empresa y por tanto es una medida de prevención de riesgos laborales que en ningún caso puede perjudicar al trabajador. En concreto, la medida afectaba a todos los pilotos y tripulantes de cabina de pasajeros de esta compañía aérea de las bases o centros de trabajo existentes en España, pero no al personal de tierra.

Según relata la sentencia, una vez publicada la programación mensual de actividad, cuando recibían la cita para vacunarse, Air Nostrum procedía a desprogramar al trabajador el día de vuelo y los dos siguientes, considerando este tiempo de espera como licencia no retribuida. De acuerdo con las recomendaciones operativas de la Agencia de Seguridad Aérea de la Unión Europea sobre la vacunación de las tripulaciones aéreas, recogidas en un boletín de marzo de 2021, la aerolínea levantina remitía un correo a estos trabajadores en el que comunicaba la adopción de la medida controvertida.

Air Nostrum fue una de las aerolíneas ayudadas por el Gobierno para afrontar las dificultades provocadas por la crisis sanitaria del coronavirus.

“No se debe trasladar el coste al trabajador”

La compañía franquiciada de Iberia argumentó que esta situación podía equipararse a las ausencias justificadas mediante parte de consulta y reposo que no conllevan la obligación de retribución del salario a esos días correspondientes, si bien los magistrados de la máxima instancia judicial aseguran que no es comparable. Así, la Sala de lo Social ha desestimado el recurso de casación que interpuso Air Nostrum contra la decisión de la Audiencia Nacional de estimar la demanda de los Sindicato Español de Pilotos de Líneas Aéreas (SEPLA), el Sindicato de Tripulantes Auxiliares de Vuelo de Líneas Aéreas (Stavla), la Confederación Sindical de CCOO y el Sindicato Unión Profesional de Pilotos de Aerolíneas (Uppa).

El Supremo explica que la medida en cuestión se enmarca en la prevención de riesgos laborales y recuerda que la empresa está obligada a garantizar la seguridad y salud de los trabajadores en un supuesto de pandemia. Aun así, destaca que “no debe trasladarse en su coste hacia el trabajador lo que se traduce en no perder la retribución que en esos días hubieran percibido de no adoptarse esa medida de protección eficaz frente a los efectos secundarios que la vacunación pudiera provocar”.

Añade que no se trata de analizar si el suministro de una vacuna puede generar derecho a permiso o no, o si el contagio por el agente biológico genera una situación de incapacidad temporal, sino “si la medida consistente en estar un tiempo de espera de 48 horas, necesario para tener por superada la inexistencia de efectos secundarios de la vacunación, y que provoca la necesidad de desprogramar la actividad de vuelo, debe correr a cargo de quien tiene el derecho a la protección de su salud o de quién debe garantizarla”.

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Sobre la firma

Nuria Morcillo
Periodista de Tribunales con más de 10 años de experiencia. Tras dar los primeros pasos en El Mundo y ABC, llegó a la agencia de noticias Europa Press, donde comenzó a profundizar en el mundo jurídico. Después pasó por La Información, donde siguió especializándose en ese área. En CincoDías desde diciembre de 2022.

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