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Si tu Pyme no tiene canal de denuncias, tienes hasta el 1 de diciembre

La Ley sobre la Protección del Denunciante en España ha afectado a las Pequeñas y Medianas Empresas

La vuelta del verano trae consigo una realidad que afecta a muchos pequeños y medianos empresarios de nuestro país. Y es que quedan menos de dos meses hasta el 1 de diciembre, que es cuando finaliza el plazo para implantar o adaptar un sistema interno de denuncias que funcione de forma efectiva dentro de las empresas de entre 50 y 250 empleados.

Esta es una de las novedades de la Ley 2/2023, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. Dicha ley tiene como objetivo aportar mayores facilidades para que los trabajadores de la empresa, e incluso colaboradores externos, comuniquen información de manera anónima y confidencial sobre conductas que puedan ser delitos o infracciones administrativas graves o muy graves.

La medida afecta a nada más y nada menos que 21.400 PYMEs españolas. Por tanto, es esencial conocer la forma de adaptar los canales internos de denuncia de la empresa a la norma, para evitar o reducir el riesgo de enfrentarse a una sanción. Así, las sanciones previstas por esta ley podrían llegar hasta 1.000.000 de euros e, incluso, la prohibición de obtener subvenciones o beneficios fiscales y para contratar con el sector público.

La Autoridad Independiente de Protección del Informante (A.A.I.) y su papel fundamental

La referida ley ha autorizado la creación de esta Autoridad Independiente a nivel estatal. Sin embargo, todavía está pendiente la aprobación, por el Consejo de Ministros, de su Estatuto, que desarrollará su estructura, organización y funcionamiento interno.

Asimismo, permite la creación de autoridades u órganos en las Comunidades Autónomas, con las mismas funciones que la anterior en la implementación y supervisión del cumplimiento de lo dispuesto en dicha ley.

Esta administración pública estatal es independiente, aunque vinculada al Ministerio de Justicia, y será la encargada de recibir las denuncias de los informantes, ya sea directamente o previa comunicación a través del canal interno de la empresa. También recibirá las denuncias presentadas ante otras autoridades que no tengan competencia para investigar los hechos.

Finalmente, si aprecia que existe un delito o infracción administrativa, comunicará los hechos al Ministerio Fiscal o a la autoridad competente. Pero también puede iniciar un procedimiento sancionador respecto de conductas contrarias a esta ley. Véase obstaculizar las denuncias, tomar represalias por denunciar o vulnerar las garantías de confidencialidad y anonimato del denunciante.

Las denuncias, que permitirán el anonimato del denunciante, pueden hacerse por escrito, a través de correo postal o el medio electrónico habilitado y también verbalmente, por vía telefónica o a través de sistema de mensajería de voz. Igualmente, a solicitud del informante, podrán presentarse mediante una reunión presencial en la Autoridad Independiente.

Los puntos clave que debe tener en cuenta una PYME

Pese a su menor tamaño frente a las grandes empresas, las PYMEs también pueden ser el lugar idóneo para que se produzcan delitos o infracciones administrativas. Por ejemplo, en relación con la corrupción o el abuso de poder frente a los consumidores o los propios empleados.

Por ello, para adaptase a la nueva legislación, las PYMEs deberán:

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