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Autónomos afectados por los incendios: ya pueden solicitar el cese de actividad

Los profesionales pueden compatibilizar el cese de actividad con seguir operando en su negocio siempre que los ingresos de la empresa hayan disminuido un 75%

Los trabajadores autónomos afectados por los incendios de este verano ya pueden solicitar el cese de actividad. El Consejo de Ministros ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la declaración de zona catastrófica la afectada por los 37 incendios forestales del verano ocurridos en las regiones de Canarias, Castilla y León, Navarra, Castilla-La Mancha, Extremadura, Andalucía y la Comunidad Valenciana. A raíz de esta declaración, los autónomos afectados pueden solicitar el cese de actividad.

En esta situación, se considera que existe una causa de fuerza mayor para la suspensión temporal parcial de la actividad. Esto se debe a que la empresa se ha visto afectada por un incendio y se ha declarado una situación de emergencia.

Los autónomos pueden compatibilizar el cese de actividad con seguir operando en su negocio siempre y cuando los ingresos de la empresa experimenten una disminución del 75% en comparación con el mismo período del año anterior. En este caso, los ingresos mensuales del trabajador autónomo no deben superar el salario mínimo interprofesional ni el monto correspondiente a la base por la que estaban cotizando, en caso de ser inferior.

Asesoramiento por parte de ATA

La Federación Nacional de Trabajadores Autónomos (ATA) ofrece a los trabajadores autónomos asesoramiento para que puedan acceder a las ayudas y prestaciones puestas en marcha. El presidente de la Federación, Lorenzo Amor, ha explicado que una vez que se ha estabilizado el incendio “llega el momento de que las administraciones se impliquen en recuperar la normalidad social y económica de la zona”.

Para el presidente de ATA, “deben ponerse en marcha ayudas económicas a particulares por daños en vivienda habitual y enseres de primera necesidad que no dejen fuera a los autónomos por el hecho de serlo y que tenga en cuenta las pérdidas en sus locales e instalaciones comerciales”.

Desde la Federación consideran que aún queda “mucho por hacer y lo primero es aliviar esa carga a los autónomos con la exención de la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) que afecte a viviendas y locales afectados, o tasas en vehículos afectados o de renovación de documentación perdida en el incendio”.

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