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Renta 2022: ¿qué debe tener en cuenta el inversor?

Saber cómo tributa cada producto financiero es importante, pero no es el único elemento a tener en cuenta

Con la subida de las temperaturas llega, como cada año, la campaña de la declaración de la renta. Desde el pasado 11 de abril y hasta el próximo 30 de junio, todos los contribuyentes podremos presentar nuestra declaración del IRPF de 2022.

¿Hay algún cambio importante este año? ¿Quién tiene que presentar la declaración de la renta? ¿Qué deducciones me puedo aplicar? ¿Cómo tengo que tributar por mis inversiones?

Respecto a los plazos y a las formas que tenemos para presentar la declaración, no hay ningún cambio reseñable. Hacienda sigue manteniendo la opción de hacer la declaración por teléfono o de forma presencial, además de la opción de hacerlo online, que ya está en activo.

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¿Cuáles son las fechas clave de este año?

¿Estamos todos obligados a presentar la declaración de la renta? Tienen obligación las personas que, teniendo un único pagador, superen los 22.000 euros de ingresos brutos anuales. Por otro lado, quienes hayan tenido dos o más pagadores durante 2022, deberán presentarla cuando los ingresos anuales superen los 14.000 euros brutos y cuando la suma de los ingresos del segundo (o sucesivos pagadores) supere 1.500 euros anuales.

También deberán hacerla todas las personas que hayan obtenido el Ingreso Mínimo Vital (IMV). Esta renta está exenta de ser declarada, hasta los 12.159,12 euros, aunque los beneficiarios sí tienen que presentar declaración.

¿Y si no tengo la obligación? Si no se cumplen con los requisitos anteriores, aunque no sea obligatorio, sí habría que valorar en cada caso si interesa presentarla o no porque, por ejemplo, se puede dar el caso de tener derecho a ciertas deducciones que sí interesaría aprovechar.

Deducciones y aspectos a tener en cuenta en las inversiones

En este punto conviene recordar la deducción del 40% que existe al rescatar el plan de pensiones, bajo una serie de requisitos y condiciones. Así, lo primero que debemos saber es que al rescatar el plan de pensiones hay que tributar por la cantidad retirada en la base general como rentas del trabajo y al tipo que nos corresponda a cada uno en función de las rentas que hayamos obtenido en 2022.

La deducción está vigente para todas las aportaciones realizadas antes del año 2007 y siempre que el rescate de estas se haga en forma de capital. Además, también existe un límite temporal que acota el plazo que tenemos para poder beneficiarnos de esta deducción del 40%. Para todos aquellos que se hayan jubilado a partir del 2015, la ley da de plazo el año de jubilación en curso y los dos posteriores. Por ello, este 2023 es el último año para que los que se hayan jubilado en 2021 pueden aplicarse esta deducción. A modo de ejemplo, un contribuyente que haya retirado 20.000 euros del plan de aportaciones anteriores a 2007 en forma de capital, solo tendría que tributar en el IRPF por 12.000 euros, mientras que los 8.000 euros restantes quedarían exentos.

Respecto a la fiscalidad de los productos financieros, lo primero que debemos tener en cuenta es que nunca deberíamos decantarnos por un vehículo concreto pensando únicamente en su fiscalidad. Saber cómo tributa cada producto financiero es importante y es algo relevante a tener en cuenta porque los impuestos de cada producto afectan directamente a la rentabilidad final que obtenemos. Por ello, para evitar que ese rendimiento se vea reducido, es necesario llevar a cabo un ejercicio de planificación financiera que, además de tener en cuenta la parte fiscal, tenga en cuenta la parte personal, financiera y patrimonial.

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