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Las empresas españolas, por encima de las europeas en el retraso de los pagos

El Retraso Medio de Pagos en España ya se sitúa en los 14,52 días

Las empresas españolas se sitúan por encima de las empresas europeas en retraso de pagos. El dato corresponde al informe ‘Comportamiento de pago de las empresas en Europa’ elaborado por Informa Business by Data.

El informe, que registra datos del cuarto trimestre de 2022, refleja que las empresas de España y las de Bélgica no han reducido sus periodos medios de pago, algo que sí han logrado hacer las empresas de otros países.

A lo largo de 2022 se ha observado una disminución de los Retrasos Medios de Pago en 6 de los 9 países estudiados. Así, las principales disminuciones que se han advertido se han observado en Portugal, que ha reducido en 2,67 días el periodo medio de pago y Francia, que lo ha reducido en 2 días.

Asimismo, España se sitúa entre los países que han registrado un retraso medio de pago de 10 a 15 días. Además de la Península, también se encuentran en esta clasificación otros países como Bélgica, Francia, Reino Unido e Irlanda.

El informe pone de manifiesto que el Retraso Medio de Pagos en España es de 14,52 días. Esta cifra supone un aumento de 0,08 días con respecto al tercer trimestre de 2022 y una bajada de 0,68 días con respecto al cuarto trimestre de 2021.

Pagos a 30 días

Durante cerca de tres años, entre el primer trimestre de 2016 y el tercer trimestre de 2018, el Retraso Medio de Pagos en España se situó por debajo de la media europea, a la que igualó en el cuarto trimestre de 2018. A partir de entonces, el Retraso Medio de Pagos en España empezó a estar por encima del Retraso Medio de Pagos europeo. Este trimestre, la diferencia entre el dato español y el europeo es de 2,05 días.

Cabe destacar que el 16 de febrero de 2011 se adoptó la directiva contra la morosidad. Los Estados miembros tenían de plazo hasta el 16 de marzo de 2013 para trasponer a su legislación nacional. Así, la directiva fijaba, como norma general, un límite de 30 días para pagar las facturas. En el caso de las Administraciones públicas, este plazo se podrá prolongar, como máximo, hasta los 60 días cuando esté justificado.

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