La mayoría de los nuevos autónomos cotizarán por los tramos más bajos
La mayoría de los que lleven menos de un año de alta pagará una cuota de entre 230 y 260 euros
La mayoría de los nuevos trabajadores autónomos dados de alta en la Seguridad Social por los tramos más bajos. Así se advierte en un estudio que ha llevado a cabo la plataforma Declarando.
La plataforma de asesoramiento fiscal a los trabajadores autónomos señala que aquellos trabajadores por cuenta propia que tengan un año de antigüedad en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) no podrán tomar como referencia el beneficio obtenido durante otros años a fin de calcular su base de cotización. En este sentido, los expertos de Declarando piensan que estos autónomos pagarán una cuota de entre 230 y 260 euros.
Tanto la cuota de 230 euros como la de 260 euros son dos de las más bajas de los 15 tramos del nuevo sistema de cotización.
El informe también detalla qué profesionales son los que más beneficios obtienen. Así, los programadores, informáticos, diseñadores web y consultores son los que mayores beneficios tienen en el primer año de actividad. En concreto, se estima que la media anual de ingresos se sitúa por encima de los 30.000 euros y el límite superior de beneficios supera los 90.000 euros.
Cuota a la Seguridad Social
De acuerdo al nuevo sistema de cotización, estos profesionales abonarán a la Seguridad Social una cuota de entre 320 y 500 euros. Por otro lado, profesionales como arquitectos, aparejadores, delineantes; profesionales de la publicidad y el marketing y agentes comerciales e inmobiliarios pagarán como máximo 350 euros.
Cabe recordar que el nuevo sistema de cotización ha entrado en vigor el 1 de enero de 2023. Según este, los trabajadores autónomos deberán calcular los rendimientos netos de su actividad y en función de eso escoger la base de cotización que mejor se adecúe a sus ingresos anuales.
El nuevo sistema también fija una cuota de 80 euros al mes durante el primer año, independientemente de que los rendimientos del profesional estén por debajo del salario mínimo interprofesional (SMI). Así, si el segundo año los rendimientos están por debajo del SMI, se mantendrá esta cuota, mientras que si los rendimientos suben, no tendrá derecho a la tarifa plana.