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Régimen especial de los bienes usados: qué es y a qué autónomos se les aplica

Es un régimen voluntario para los autónomos que actúan en nombre propio

Los autónomos que venden bienes usados deben conocer que existe un régimen especial de bienes usados o REBU. Se trata de un tipo de régimen especial del IVA que es voluntario para los profesionales que actúan en nombre propio. Este régimen permite abonar a Hacienda un importe de IVA reducido por la reventa de bienes usados y otros productos de arte y coleccionismo, detallan desde Getquipu.

El objetivo de este régimen es garantizar la neutralidad del impuesto y evitar duplicidades en el mismo, esto es, para que los contribuyentes no paguen dos veces por el mismo producto revendido.

REBU se aplica a los bienes usados de segunda mano, es decir, a aquellos productos que previamente hayan sido utilizados por un tercero y que venda otra persona. En este caso, no se considerarían bienes usados los productos renovados ni los transformados.

También se aplicaría este régimen especial a las obras de arte, ya sean cuadros, pinturas, grabados, estampaciones o fotografías.

Lo mismo sucedería con los objetos de colección, como los sellos de correos y marcas postales, y objetos y especímenes, como los animales, las plantas o los minerales.

Libros de registro

Por último, en este régimen también entrarían las antigüedades, es decir, la venta de cualquier objeto con 100 años de antigüedad, siempre que no sean obras de arte u objetos de colección.

Este régimen se caracteriza por una forma especial de determinar el principio para calcular todo impuesto: la base imponible (BI). Cuando se calcula la base imponible, se obtiene el importe de IVA repercutido, es decir, el que se cobra al cliente y que será el que se deba devolver a Hacienda. Así, la base imponible podría calcularse operación por operación o de manera global para todo el año.

A la hora de calcular el importe, la factura tendrá que indicar la cuota de IVA repercutido en el precio total de la operación, y no de forma separada en cada elemento de la factura. Asimismo, cuando se compren bienes a usuarios particulares que no son profesional autónomo o empresa, existe la obligación de expedir un documento de compra firmado. Y si se tratara de ventas intracomunitarias deberá constar en la factura que tales operaciones han tributado con arreglo a lo previsto en los artículos 312 a 315 de la Directiva IVA de la Unión Europea.

Es obligatorio para los revendedores disponer de los libros registro establecidos con carácter general, así como un libro que registre todas las compras, importaciones y ventas operación por operación y otro que lo registre todo de manera global.

Se trata, pues, de un régimen especial que los autónomos que se dedican a la compra y venta de objetos de segunda mano deben conocer.

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