Cómo solicitar el cambio de la base de cotización
Los autónomos deben realizar el trámite a través de la sede electrónica de la Seguridad Social
El trabajador autónomo puede solicitar un cambio en su base de cotización en función del tipo de negocio que regente. Se trata de una opción muy útil para aquellos profesionales que tienen más o menos volumen de trabajo en una época determinada del año, por lo que cambiar la base de cotización podría serles de utilidad.
Para solicitar un cambio en la base de cotización, el trabajador autónomo deberá dirigirse a la sede electrónica de la Seguridad Social. Al servicio solo podrá accederse a través del DNI electrónico del autónomo o, por ejemplo, mediante el sistema Cl@ve. Una vez ahí, se debe hacer clic en la opción ‘solicitar el cambio de base de cotización’.
Cuatro momentos para cambiar la base
El profesional dispone de cuatro momentos a lo largo del año para solicitar el cambio de base de cotización. El primero de los plazos para cambiar la cotización abarca del 1 de enero al 31 de marzo y surtirá efectos a partir del 1 de abril. El segundo periodo comprende del 1 de abril al 30 de junio y tiene efectos a partir del 1 de julio. Los autónomos también podrán presentar la solicitud para cambiar sus bases de cotización del 1 de julio al 30 de septiembre y comenzará a tener efecto a partir del 1 de octubre. Y, por último, se podrá solicitar el cambio del 1 de octubre al 31 de diciembre, con efectos a partir del 1 de enero del año siguiente.
Cabe recordar que desde 2021 ya no es posible presentar la solicitud de cambio en el sistema de cotización de manera presencial, ya que a final de ese año entró en vigor la obligatoriedad de gestionar electrónicamente cualquier cambio relacionado con el Régimen Especial de Trabajo Autónomo (RETA).
Escoger la base de cotización adecuada es una decisión importante para el trabajador autónomo, ya que de esta decisión dependen cuestiones como las prestaciones que se perciben en caso de baja, de accidente laboral, de paro e incluso la cuantía que quedará de pensión al trabajador autónomo.