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Motivos de sanción de la Agencia Tributaria a los autónomos

Hacienda puede emitir sanciones por fallos en las declaraciones o, por ejemplo, al no declarar las criptomonedas, entre otros motivos

La Agencia Tributaria puede iniciar en determinadas ocasiones una investigación al autónomo. Lo más habitual en estos casos es solicitarle los documentos acreditativos de las declaraciones que presentan. Y en el caso de no poder justificar correctamente lo que se reclama, el profesional debierá pagar la multa correspondiente.


Uno de los motivos de sanción para los autónomos es, según indican desde Nomo, el no declarar las criptomonedas. Se trata de una de las últimas novedades puestas en marcha por Hacienda. Cabe recordar que si se obtienen beneficios a la hora de adquirir criptomonedas, el profesional está obligado a declararlas. Si no se hiciera, las multas podrían ascender un 150% del importe total de la ganancia.


Si se presentan las declaraciones trimestrales de IVA e IRPF con algún error y Hacienda lo detecta, podría pedir cuentas al respecto al profesional. Por ejemplo, al presentar los modelos 303 o 130 de la declaración se puede incurrir en errores cuando se intenta deducir un gasto que no se puede deducir por el sector de actividad del profesional.


En el caso de los errores en las declaraciones 303 y 130, las sanciones pueden variar siendo de entre un 50% y un 150% del valor de lo defraudado. Si Hacienda detectara este tipo de errores, es más probable que se lance a realizar una inspección en profundidad al profesional.

Sanciones o recargos


La Agencia Tributaria también impone multas en el caso de que haya errores en la numeración de una factura, errores a la hora de calcular el IVA o se haya aplicado a una factura un tipo de iVA equivocado.


Igualmente, Hacienda multará al profesional si presenta la declaración fuera de plazo. Es importante tener en cuenta los plazos de presentación de las facturas y si existen plazos, hay que respetarlos. La consecuencia de que la declaración salga a pagar y no se abone la factura es principalmente en el caso de que salga a pagar, ya que Hacienda entendería que se está tratando de posponer el pago.


Si se ha presentado tarde el modelo 303 del IVA y Hacienda envía un requerimiento, se aplicará un recargo, no una sanción. Si se ha presentado menos de tres meses tarde el recargo será del 5%, mientras que si se ha dejado pasar más de un año, el recargo será del 20% sobre el IVA pendiente más el 3,75% de los intereses de demora.

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