El Supremo confirma que BBVA pague 3,3 millones por el impuesto autonómico de viviendas vacías
El banco argumentaba que el tributo era contrario a la Constitución y al Derecho de la UE
El Tribunal Supremo ha confirmado que BBVA pague 3,3 millones de euros por el impuesto autonómico de viviendas vacías en Cataluña. El caso se remonta a 2016, cuando el banco autoliquidó el citado impuesto por 3,3 millones, pero no estando conforme la entidad reclamó su devolución alegando “ingresos indebidos” a la Hacienda catalana al considerar que el impuesto era contrario a la Constitución y al Derecho de la Unión Europea.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña desestimó el recurso y BBVA recurrió al Supremo, que lo admitió por el interés casacional de la cuestión. En concreto, en determinar si la rectificación de una autoliquidación (y la devolución del importe pagado) es la vía adecuada para cuestionar esa autoliquidación cuando entienda que el ingreso tributario es indebido, alegando al considerarlo contrario a la Constitución o al Derecho de la Unión Europea.
En ese sentido, en una sentencia publicada recientemente, la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, por un lado, acepta el recurso de casación. Así, el Alto Tribunal considera que “la rectificación de una autoliquidación, y la consiguiente devolución de ingresos indebidos, sí es cauce adecuado para cuestionar la autoliquidación practicada por un contribuyente que ha procedido a ingresar en plazo las cuantías por él calculadas en cumplimiento de sus obligaciones tributarias a fin de no ser sancionado [...] e ingresar en plazo, cuando entienda indebido el ingreso tributario derivado de tal autoliquidación al considerarlo contrario a la Constitución o al Derecho de la Unión Europea”.
Por otro lado, no obstante, el Tribunal Supremo desestima la devolución de los 3,3 millones que reclamaba BBVA. El fallo recuerda que en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional ya se desestimó la inconstitucionalidad del impuesto de viviendas vacías en Cataluña. Además, el propio Supremo avaló hace un mes el citado tributo sobre las viviendas vacías ante una reclamación interpuesta por la Asociación Española de Banca (AEB).