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Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Una prórroga selectiva de la actual moratoria concursal

CINCO DÍAS

La moratoria concursal que se aprobó en España en los peores momentos de la crisis del Covid 19 ha sido unas de las medidas más potentes, y también más longevas, para ayudar a las empresas durante el shock económico desatado con la pandemia. Con el objetivo de evitar una avalancha de concursos de acreedores, la medida dispensó del deber legal de solicitar el concurso una vez conocida la insolvencia, impidió los concursos instados por terceros y dejó en vigor solo los voluntarios, es decir, las antiguas suspensiones de pagos por las que la empresa solicita protección al juzgado para poner en orden sus fianzas. Pese a ese escudo, que ha evitado el colapso de los juzgados mercantiles y una previsible y dolorosa sangría de liquidaciones, los concursos de acreedores han mantenido un crecimiento constante en España desde el tercer trimestre de 2020. Los últimos datos, correspondientes al primer trimestre de este año, muestran un aumento del 7,9%, hasta un total de 5.312, de los cuales 2.500 fueron presentados ante juzgados de lo mercantil y el resto correspondieron a personas físicas no empresarias.

El Gobierno, que mantiene en vigor la moratoria hasta el próximo 30 de de junio, aprobó el pasado enero un proyecto de reforma de la Ley Concursal que traspone una directiva europea y cuyo objetivo es corregir los defectos de una legislación que no ha conseguido evitar que el 90% de los procesos de insolvencia en España terminen en liquidación. Buena parte de las medidas que contempla la nueva ley están dirigidas a sortear los numerosos mecanismos de bloqueo que contiene la regulación actual y que no solo condenan prácticamente al desmantelamiento de la empresa, sino que alargan el proceso hasta tal punto que hacen inviable cualquier salida a flote.

Aunque la reforma concursal podría suavizar la previsible cascada de concursos de acreedores que inundarán los juzgados después del 30 de junio, el texto no está todavía aprobado ni parece que pueda llegar a tiempo para coincidir con el calendario de la moratoria. Esa circunstancia puede hacer aconsejable plantear la conveniencia de una nueva prórroga que mantenga la protección actual al menos mientras se apura la tramitación de la nueva ley, pero que distinga de forma selectiva entre aquellos negocios claramente inviables –las denominadas empresas zombis– y los que tienen posibilidad de sobrevivir con el apoyo de unas herramientas procesales diseñadas para facilitar el saneamiento en lugar de la liquidación, que es el objetivo que debe perseguir una buena legislación de insolvencias.

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