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Tribuna
Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

Justicia previsional y pensionaria, señorías

El ahorro previsional a largo plazo es la mejor fuente de financiación estable para una economía como la española

La previsión social complementaria (PSC) instrumentada mediante esquemas pensionarios individuales, profesionales o empresariales, entre trabajadores autónomos, profesionales del sector privado o público y mutualistas de las mutualidades de previsión social españolas, está hoy severa e injustamente perjudicada. Ello es así debido a las inexplicables decisiones del Gobierno incorporadas a las leyes presupuestarias de 2021 y 2022, en las que se rebajaba a, respectivamente, 2.000 y 1.500 euros el límite de la reducción en la base del IRPF de las aportaciones a este tipo de vehículo previsional, utilizado en nuestro país por millones de trabajadores y otros ciudadanos que desean ahorrar para su jubilación, o para una vejez digna y responsable si no se ha trabajado.

El ahorro previsional a largo plazo es la mejor fuente de financiación estable para una economía como la española que necesita reabrir las fuentes de la productividad, el crecimiento y, a la postre, la prosperidad de sus habitantes. Nacederos que llevan estancados desde hace más de tres décadas.

Pues bien, pese a la oportunidad que, para la previsión social complementaria española, tan estancada como la productividad desde la crisis financiera, representa el proyecto de Ley sobre Planes y Fondos de Pensiones, ahora en pleno trámite parlamentario, el Gobierno dejó a la PSC antes aludida sin el tratamiento que amerita en dicho proyecto de ley.

Un tratamiento justificado por las anteriores razones y porque, en definitiva, esta de la que hablamos, es tan protección social como la que representan los planes de empleo más vetustos y consagrados o los futuros planes de empleo simplificados. Estamos hartos de defender que todos los vehículos previsionales deben tener el mismo trato fiscal que las cotizaciones a, y las prestaciones de la Seguridad Social. El mismo, señorías.

Sí, señorías. La próxima semana comenzarán ustedes a debatir las docenas de enmiendas que se han presentado al proyecto de Ley de Planes y Fondos de Pensiones. Entre ellas hay varias docenas de enmiendas presentadas por muchos de los grupos parlamentarios en las que se pide una equiparación de los vehículos mutualistas e individuales existentes a los futuros planes de empleo simplificados, sin necesidad de que los primeros se conviertan en los segundos.

El Gobierno ha pasado la consigna de que se rechace toda enmienda que suponga incidencia presupuestaria. Hace bien el Gobierno en preocuparse por la deuda y el déficit. Pero no cabe esgrimir esta supuesta incidencia presupuestaria en instrumentos previsionales que han sido maltratados fiscalmente en los dos últimos años. Y que, si se reconvirtiesen en planes simplificados (no sin enorme coste administrativo para todos), tendrían la misma incidencia presupuestaria que se trata de evitar. Equiparación que reivindicamos y que, a la postre, solo difiere en la percepción de unos impuestos que son del César y que al César retornan una vez cumplida su misión de impulsar una previsión social somplementaria que necesitamos vitalmente.

Es de justicia previsional y pensionaria, señorías. Y está en su mano.

José A. Herce es Socio fundador de LoRIS

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