¿Ha venido para quedarse la mascarilla en el centro de trabajo?
Ni el empresario ni los delegados de prevención ni los propios compañeros pueden obligar a su uso, que es recomendable
En Francia ya ha dejado de ser obligatoria la mascarilla en las empresas. En España, aunque no es de extrañar que el Gobierno dicte pronto el fin de la mascarilla, su uso en los centros de trabajo sigue siendo obligatorio, salvo que el empresario haya garantizado una distancia mínima de seguridad de 1,5 metros entre los puestos de trabajo, de conformidad con el artículo 7 de la Ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención frente al COVID 19.
Ahora bien, la mascarilla ha demostrado durante todo este tiempo de pandemia su eficacia preventiva en la lucha contra la propagación de todo tipo de virus. En la exposición de motivos del Real Derecho 115/2022, el legislador reconoce que “entre las medidas de control no farmacológicas que han tenido un mayor impacto en la evolución de la epidemia, destacan las de protección personal y, en particular, el uso de mascarillas”.
Durante los primeros meses de la pandemia hubo una convulsión interna en el mercado farmacéutico por las grandes caídas en el consumo de analgésicos, antitusivos y antigripales. Sería una pena que esta cultura preventiva desapareciese de las empresas, al menos, para aquellos casos en los que el trabajador note cierta sintomatología vírica y voluntariamente quiera usarla.
Ni el empresario ni los delegados de prevención ni los propios compañeros en vigilancia y defensa de su propia salud podrán obligarle a que se ponga una mascarilla (salvo casos de salud pública como hasta ahora). Solo vía reconocimiento médico voluntario del trabajador se podría tomar algún tipo de medida preventiva, pero quizás llegue tarde y el resto de los compañeros ya estén infectados.
Para entender lo que supone en términos de coste al empresario una baja por enfermedad común, pongamos, por ejemplo, un proceso gripal de cinco días de duración en un trabajador que cobre los mil euros del vigente salario mínimo en España en 2022, el coste de su baja laboral ascendería a más de 250 euros (sueldo más cotizaciones a la seguridad social) o, lo que es lo mismo, más de 50 euros por día de baja laboral. A ese coste habría que añadir la carga de trabajo que tienen que asumir sus compañeros, el malestar de los clientes, etc.
Por eso, las mascarillas deberían estar disponibles en todos los botiquines de los centros de trabajo. Ya es hora de que se revise y actualice el material del que disponen, un contenido que es inamovible para todos los sectores y que está regulado tanto en el Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, como en la Orden TAS/2947/2007, de 8 de octubre.
Y, si no se puede modificar el contenido, los Ministerios de Trabajo y de Sanidad deberían consensuar un mecanismo ágil y sencillo (copago en farmacia al igual que los medicamentos subvencionados) por el cual se le pueda reintegrar al empresario su coste mensual en la compra de estas mascarillas.
Si uno acude al Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo, encontramos que la mascarilla es una medida de seguridad recomendada contra la exposición a agentes biológicos.
Si tenemos en cuenta que está demostrado científicamente que existe un calentamiento global, que cada vez llueve menos en España, con lo cual, los virus se propagan más fácilmente; que los edificios cada vez son más herméticos, lo que impide la limpieza del aire y que cada vez se utilizan más los aires acondicionados con el efecto expansivo que produce en los virus; entonces ¿alguien duda de que la exposición a agentes biológicos en los centros de trabajo va a seguir aumentando en los próximos años? ¿Por qué no dejar que las mascarillas estén disponibles para todos los trabajadores?
Según las cifras oficiales, algo más de dos millones de trabajadores (10% del total) han causado baja laboral desde el inicio de la pandemia, lo que ha llegado a triplicar los niveles de absentismo registrados antes de la crisis sanitaria (cierre de 2019).
Ya es la segunda partida más importante dentro del presupuesto de la Seguridad Social, después de las propias pensiones. En este año 2022, la previsión del desembolso previsto para la cobertura de las bajas laborales ascenderá hasta los 10.818 millones de euros, lo que supone un punto porcentual del PIB, un 8,3% más que en el pasado 2020.
En consecuencia, permitamos que los trabajadores voluntariamente dispongan de mascarillas en los centros de trabajo para un uso preventivo, cuando las circunstancias lo requieran y financiado por el Ministerio correspondiente. Es más barato prevenir que curar. Este absentismo podemos evitarlo, mantengamos la cultura preventiva y paremos la sangría del PIB.
Pablo Aldama Sala, abogado del Área Laboral de Martín Molina Abogados y Economistas