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Autónomos TAED y cómo deben registrar sus contratos

Características de los TAED y cláusulas de sus contratos.

Los autónomos TAED son también conocidos como TRADE. Es decir, los trabajadores autónomos económicamente dependientes. Estos profesionales por cuenta propia realizan su actividad económica como cualquier otro autónomo, pero gran parte de su facturación depende de un solo cliente. En concreto, como mínimo, el 75% de sus ingresos deben venir de la misma empresa. Por tanto, tienen características diferentes y deben registrarse como tal en el Servicio Público de Empleo estatal (SEPE).

Características de los TAED o TRADE

La figura del TAED o TRADE está recogida como tal en el estatuto del trabajo autónomo, bajo la Ley 20/2007, de 11 de julio, el Real Decreto 197/2009 y el Real Decreto 1541/2011. En esta normativa se expone que los TAED o TRADE deben reunir las siguientes condiciones:

 Registro del contrato TAED

El registro del contrato TAED se puede realizar de manera telemática en la web del SEPE, siempre que se tenga certificado digital, DNI electrónico, o acceso a través del sistema cl@ve.

Este registro es necesario para poder ejercer como trabajador autónomo dependiente de manera legal.

Contrato del TAED: cláusulas e información

El contrato de un TAED debe contener una serie de datos e información para que sea válido. Vamos a ver todos los detalles y las cláusulas a continuación.

 En las cláusulas del contrato, se deben registrar los siguientes datos e información:

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