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Operación urbanística

El Supremo no ve razones para evitar el derribo de Isla de Valdecañas

“No cabe apreciar imposibilidad material de ejecución”, indica el fallo. El coste de la demolición será más de 145 millones

Vista de Marina Isla de Valdecañas (Cáceres).
Vista de Marina Isla de Valdecañas (Cáceres).
Alfonso Simón Ruiz

El Tribunal Supremo enmienda la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura y falla que no existen razones que impidan ejecutar la sentencia de demolición de la urbanización Marina Isla de Valdecañas, en el embalse cacereño de Valdecañas. Así lo refleja en la sentencia dada a conocer ayer, detallando los motivos de una decisión del alto tribunal que se conoció la semana pasada.

“No se aprecia la concurrencia de causas que justifiquen la imposibilidad material de ejecución de las sentencias en sus propios términos en cuanto a la demolición de lo construido y en funcionamiento”, afirma el fallo. El Supremo toma así partido ante el recurso de casación de Ecologistas en Acción, después de que el TSJ de Extremadura fallara sobre la imposibilidad de tirar 185 villas (el 32% de las proyectadas), un hotel, campo de golf y otras instalaciones como un puerto deportivo, razonado en los perjuicios sociales y económicos. Ese auto de 2020 solo obligaba a tirar las obras en curso y prohibía cualquier nueva construcción.

La sentencia del tribunal extremeño cifraba el coste del derribo en 145 millones de euros, de los que 34 millones corresponden al derribo y 111 millones por posibles indemnizaciones a los propietarios de las viviendas. A ese montante habrá que sumar el coste de la compensación a la empresa hotelera.

En cualquier caso el TS falla ahora que cualquier responsabilidad de la Administración en este caso, “lejos de resultar desproporcionada”, se corresponde al alcance de su responsabilidad. Y no encuentra razón el grave perjuicio que pudiera suponer para las arcas públicas.

El Supremo recuerda ahora que la aprobación de la Junta de Extremadura del proyecto de interés regional de Marina Isla de Valdecañas “fue contraria a derecho” por motivos medioambientales ya que se situó sobre la Red Natura 2000 y sobre un espacio protegido de aves.

“No cabe apreciar imposibilidad material de ejecución” de las anteriores sentencias de derribo, añade el Supremo, “respecto de todo lo que ya ha sido construido, por la afectación de intereses de carácter socioeconómico o de otra índole”.

En la medida en que ahora el Supremo apunta a que se debe demoler la urbanización, anuncia que “se alteran notablemente los perjuicios” de la inejecución decidida por el TSJ de Extremadura, por lo que cree que debe volver a valorarse las indemnizaciones a las asociaciones Ecologistas en acción y Adanex, impulsoras del recurso.

La Junta de Extremadura anunció la pasada semana que cuando conociera la sentencia recurriría al Constitucional y sin descartar acudir a instancias de la UE.

Compensaciones de la Junta

La empresa Marina Isla de Valdecañas SA puedo llevar adelante el proyecto con los permisos de la Junta de Extremadura. Esta compañía se embolsó casi 96 millones de euros en ventas de las propiedades inmobiliarias –enfocadas al lujo– entre 2009 y 2013, fundamentalmente en 2011, cuando ingresó más de 90 millones. Por eso, se prevé ahora que los propietarios perjudicados demanden a la Junta.

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Sobre la firma

Alfonso Simón Ruiz
Graduado en Economía y máster de Periodismo UAM / EL País. En Cinco Días desde 2007. Redactor especializado en información empresarial, especialmente sobre el mercado inmobiliario, operaciones urbanísticas y, también, sobre la industria farmacéutica y compañías sanitarias.

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