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Supervisión

La CNMV impuso multas por 6,3 millones en 2021 con la banca en el punto de mira

El supervisor se centró en la venta de productos y en el abuso de mercado; el número de resoluciones firmes en vía administrativa ascendió a 14

Sanciones de la CNMV publicadas en 2021

El deber de la CNMV es proteger la integridad del mercado de valores español y, para conseguirlo, el supervisor cuenta con el poder de imponer multas. El número de resoluciones publicadas en el BOE, firmes en vía administrativa, ascendió en 2021 a 14, con una suma de castigos por infracciones graves y muy graves de 6,3 millones, ligeramente por debajo de los 6,9 millones de 2020. Conductas discutibles de la banca en la comercialización de productos financieros y el abuso de mercado fueron las cuestiones clave.

En 2021 se marcó un récord en cuanto a la cuantía del castigo a una entidad. Fue la de la antigua agencia de valores Q-Renta, que fue multada con 2,075 millones de euros, la mayor desde 2008, cuando la CNMV castigó a Banco Santander con 4,5 millones.

Las sanciones de la CNMV a Q-Renta se refirieron a la manipulación de cuatro valores cotizados en el antiguo MAB (hoy, BME Growth): Eurona, 1nkemia, Only Apartaments y Euroconsult, si bien el carácter grave, en lugar de muy grave, indica que la alteración de precios no fue significativa. Los responsables de la firma mantenían intereses económicos en los valores del MAB, al mismo tiempo que vendían a sus clientes productos financieros vinculados a este mercado.

En el ranking por importe, la segunda mayor multa fue para CaixaBank, de dos millones de euros, debido al incumplimiento de la obligación que tienen los intermediarios financieros de recabar información del perfil del cliente de cara a evaluar la conveniencia de que invierta en determinados productos. Ibercaja Banco fue multada, aunque con un importe notablemente inferior (240.000 euros), “por no actuar en el interés óptimo de sus clientes y percibir incentivos no permitidos con carácter ocasional o aislado”. Santander también fue sancionado por fallos en la información recabada a clientes minoristas para evaluar la conveniencia de determinados productos de inversión, con una multa de 300.000 euros.

La CNMV es uno de los supervisores más duros en cuanto al cumplimiento de las exigencias de comercialización de productos financieros de Mifid 2, en vigor desde 2018. Es más, en 2020 impuso las multas más altas de Europa por fallos en la protección al inversor con 2,3 millones, el 27,3% de los 8,4 millones correspondientes a todos los países de la UE, según un informe publicado por ESMA el pasado julio

Posiciones bajistas

La gestora británica de hedge funds Man Group fue multada por el incumplimiento de las obligaciones de notificación y publicación de posiciones cortas en acciones de varias cotizadas españolas entre el 8 de diciembre de 2017 y el 3 de agosto de 2019. La reprimenda alcanzó los 400.000 euros.

También fue sonada la multa al antiguo consejo de Abengoa por no publicar en tiempo y forma el informe anual del grupo de ingeniería correspondiente a 2019. Fueron 140.000 euros para el conjunto de los consejeros.

La sanción más reciente se publicó el pasado 29 de diciembre, y conllevó una multa de 250.000 euros para OHL –ahora, OHLA–, mientras que José Antonio Fernández, actual consejero delegado, y antiguos miembros del máximo órgano de administración fueron sancionados con 60.000 euros en conjunto. El motivo que aduce la CNMV es que se publicó el informe correspondiente a los seis primeros meses del ejercicio 2018 “con datos inexactos o no veraces, en relación con la cifra de pérdidas reportadas y el importe de la cartera de pedidos de construcción a corto plazo”.

Pasan años hasta que se publican

 

Máxima garantía. En algunos casos, los hechos por los que la CNMV multa se remontan a varios años atrás, como en el caso de Q-Renta. La manipulación de precios efectuada por la antigua agencia de valores detectada por la CNMV tuvo lugar en 2017. Las sanciones se publican –y solo las graves y las muy graves, no la leves– una vez que son firmes en vía administrativa. Es decir, cuando no son revisables a través de un recurso de alzada –en este caso, ante el Ministerio de Asuntos Económicos– o de reposición, ante la propia CNMV.

 

 

Vía judicial. No obstante, los multados siempre pueden recurrir a la vía judicial; en estos casos, ante la sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional.

 

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