Tipos de exenciones y deducciones accesibles para autónomos
Situaciones en las que el autónomo puede rebajar su factura fiscal.
Trabajar por cuenta propia tiene ventajas fiscales para los autónomos. Estas ventajas son de gran ayuda para que estos profesionales puedan gestionar sus cuentas, tal y como indican desde el portal Jubilación y Pensión.
Los autónomos deben pagar una serie de impuestos a lo largo del año, como es el IVA o el IRPF, aunque también disponen de incentivos a la realización de su actividad para que puedan reducirse la cuantía que deben pagar en impuestos.
Entre los principales beneficios fiscales a los que pueden acogerse los autónomos destacan las deducciones. Con las deducciones, los trabajadores por cuenta propia pueden reducirse directamente la base imponible del impuesto correspondiente. No obstante, para poder aprovecharse de esa ventaja, los autónomos deben reunir una serie de requisitos y justificarlos.
El autónomo puede solicitar deducciones por el alquiler del local, así como los gastos de electricidad, gas, Internet y teléfono; por las cotizaciones a la Seguridad Social, por los gastos de servicios externos, como los abogados o los auditores; las cuotas de asociaciones o cursos de formación, así como impuestos como el IBI o el IAE o los seguros de vida, de salud y del hogar, entre otros.
Exenciones fiscales
Aparte de eso, el autónomo puede beneficiarse de exenciones sobre determinados impuestos. Por ejemplo, cuando se coge la baja por maternidad o paternidad, el profesional no tiene ninguna obligación tributaria. Lo mismo sucede cuando hay una carga fiscal, pero se reembolsa la cantidad correspondiente para regular la situación económica del trabajador.
Por otro lado, estos profesionales también tienen tasas reducidas al iniciar su actividad. Al crear un negocio, por ejemplo, se aplica una tasa reducida en tributos como el IRPF, por lo que el porcentaje durante los primeros tres años es del 7%.
En cuanto a las bonificaciones de las que se pueden aprovechar los autónomos destaca la tarifa plana de 60 euros durante el primer año de actividad al cotizar por una base mínima, o una bonificación del 80% si cotizan por una base más elevada. Disponen también de bonificaciones por baja de maternidad o paternidad, por cuidar a menores de 12 años o personas dependientes, al igual que para las madres autónomas que reanuden su actividad antes de los dos años desde la baja.
Por último, los autónomos pueden solicitar el aplazamiento o el fraccionamiento del pago de los impuestos.