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En colaboración conLa Ley
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Los juristas reclaman su papel en el desarrollo de aplicaciones con ‘blockchain’

Esta tecnología tiene un potencial enorme en el campo jurídico

Getty Images

El origen de blockchain en la filosofía criptoanarquista contribuyó a alimentar una leyenda negra en torno a esta tecnología revolucionaria que, al decir de sus defensores, tiene un potencial enorme no solo en el ámbito financiero, que es donde por ahora ha encontrado su mayor campo de desarrollo, sino también en el ámbito jurídico. Entre las lindezas que se han dedicado a la tecnología blockchain para describirla se ha hablado de que “es una caja negra difícil de comprender”, “va de lo que nunca entendimos de ordenadores y de dinero”, “lo mejor que tiene es que nos va a permitir prescindir de los abogados” o que “constituye una amenaza para la estabilidad financiera y la soberanía monetaria”.

Sin embargo, las aplicaciones de blockchain o cadena de bloques no han hecho más que multiplicarse, especialmente desde que en 2014 las empresas percibieron su potencial y lo acercaron al mundo tradicional y regulado, aportando trazabilidad y aplicándolo a la industria en desarrollos enmarcados en la estructura regulatoria. Así lo ha puesto de manifiesto la profesora y socia directora de Blockchain Intelligence Almudena de la Mata en la jornada que Fundación Wolters Kluwer y Esade Law School han organizado para tratar de este tema desde una perspectiva jurídica, en una sesión moderada por la profesora de Estrategia y Marketing jurídico y experta en legaltech Eugenia Navarro.

En un esfuerzo por desmitificar el blockchain, Pablo García Mexía, letrado de las Cortes, consultor y director de derecho digital en Herbert Smith Freehills, apuntó que “para perderle el miedo hay que pensar que solo es un protocolo más que corre por internet, como puede ser el http que da vida a la www (world wide web) o el correo electrónico”. En el mismo sentido, De la Mata añadió que “esta tecnología constituye un medio para conseguir confianza sin necesidad de intermediarios”, idea que fue completada por Xavier Foz, socio de Roca Junyent, cuando explicó que “blockchain lleva a internet a un nuevo nivel; su importancia radica en que introduce los conceptos de distribución y de descentralización/de­sintermediación de la confianza para que cualquiera pueda registrar información en la red”.

De forma sintetizada, García Mexía explicó que las cadenas de bloques no son más que “bases de datos descentralizadas, cronológicamente ordenadas y securizadas criptográficamente” y citó al notario de Madrid Miguel Ruiz Gallardón quien, en una descripción algo más detallada recogida en el libro Criptoderecho. La regulación de blockchain, explica que esta tecnología “permite registrar electrónicamente transacciones sobre activos representados digitalmente (tokenizados), de suerte que la base de datos que dicho registro constituye se elabora de forma distribuida entre los distintos participantes en el sistema (los nodos) y resulta replicada en todos ellos, dando lugar a una mayor seguridad, eficiencia, versatilidad y economía que las que resultarían con tecnologías de registro centralizadas”.

Utilidad

Entre las principales funcionalidades de blockchain, Almudena de la Mata destacó tres: la certificación, la generación de activos (valores o derechos) y la posibilidad de programar procesos a través de smart contracts. De estos últimos García Mexía destacó que “no son tan listos” porque necesitan de la intervención humana para adaptarse a las circunstancias, a lo que Xavier Foz añadió que no van a reemplazar a los abogados, aunque sí “ayudarán, junto a otras herramientas legaltech, a reflexionar sobre el valor real que aportan los profesionales del derecho, incluyendo notarios y registradores, que se han posicionado ya como garantes de la tokenización de activos, poniendo en valor su rol en el proceso”.

Para evitar problemas futuros, todos los participantes coincidieron en la necesidad de que profesionales del derecho colaboren con los tecnólogos e intervengan no solo en el desarrollo de la red, sino también en el de las aplicaciones, de manera que ambas cumplan con la legislación vigente haciendo realidad lo que se conoce como “legalidad desde el diseño”.

Formación y aplicaciones

 

Conocimiento. Aunque no parece necesario ser un tecnólogo para entender el funcionamiento de esta herramienta, algunas facultades de Derecho ya incorporan blockchain como asignatura en sus programas.

Práctica. Los expertos recomiendan a los abogados conocer los rudimentos, leer mucho y probar a utilizarla para familiarizarse con su funcionamiento y poder asesorar adecuadamente a sus clientes de sectores impactados.

Aplicaciones. Las aplicaciones son infinitas y se multiplican: desde los smart contracts para el sector asegurador, que facilitarán, por ejemplo, el pago por uso monitorizado a través de aplicaciones IoT (objetos conectados a internet), hasta el sector agroalimentario, donde blockchain servirá para certificar la denominación de origen de los productos, su trazabilidad, el mantenimiento de la cadena de frío o si son objeto de comercio justo.

Desarrollo normativo. El desarrollo de una identidad europea basada en blockchain anunciada el pasado septiembre por la presidenta de la Comisión, Ursula von der Leyen, va a ser uno de los grandes desarrollos de impacto en el sector jurídico.

 

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