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Así es el Código de Buenas Prácticas para mejorar la solvencia de pymes y autónomos

Plan de colaboración público – privado para mejorar la insolvencia de los negocios.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Código de Buenas Prácticas con el que activar las medidas más adecuadas para autónomos y pymes hasta diciembre de 2022. La finalidad principal de estas medidas es la de reforzar los balances de estos negocios que han sufrido un deterioro en su solvencia a causa de la pandemia.

Se trata de un marco de colaboración público – privado. Es decir, que las entidades financieras pueden adherirse de forma voluntaria al código y se garantiza un buen uso de los recursos públicos. En este marco, organismos públicos y privados deberán coordinar y colaborar con el objetivo de facilitar a los profesionales autónomos y las pymes alternativas a su financiación con aval público. En este sentido se habla de una extensión y reestructuración de sus deudas financieras.

Medidas aprobadas

Son tres grandes propuestas las que se han anunciado desde el ministerio de asuntos económicos y transformación digital. A continuación, vamos a exponer en qué consiste cada una de ellas.

- Extensión del vencimiento de los préstamos con aval público. Esta medida se refiere a que autónomos y empresas con un aval público puedan contar con un periodo de tiempo mayor para poder recuperar su actividad económica, y enfrentarse a sus compromisos financieros. Aquellas entidades que se hayan adherido al Código de Buenas Prácticas deben cumplirlo. Las empresas o autónomos que lo soliciten deben cumplir con los siguientes requisitos:

En todo caso, a pesar de no cumplir los tres objetivos, si hay acuerdo entre ambas partes, es posible ampliar el plazo de carencia.

- Conversiones en préstamos participativos. Se refiere a la posibilidad de poder convertir un préstamo avalado en uno participativo, cuando haya acuerdo entre la entidad financiera y la empresa. El nuevo préstamo mantendrá la cobertura de aval público, lo que favorece el refuerzo de los recursos propios de la empresa. El tratamiento de este tipo de préstamos tienen un tratamiento equivalente al capital con efectos mercantiles.

Para poder acceder a esta medida es necesario que la empresa haya tenido unas pérdidas de, al menos, el 30% de la facturación en 2020, además de un resultado negativo en la cuenta de pérdidas y ganancias después de impuestos. Tampoco podrá estar en mora de ninguna financiación con la entidad ni en concurso de acreedores.

- Transferencias. Directamente para autónomos y pymes, con el fin de reducir la financiación avalada contraída en la pandemia. Para poder poner en marcha esta medida, se ha dotado con 3.000 millones de euros mediante una reestructuración de la deuda financiera, con aval del estado.

Para poder acceder a esta ayuda, negocio y entidad financiera deben llegar a un acuerdo de renegociación de la deuda. Además, la empresa o autónomos deberá acreditar una caída de la facturación en 2020 del 30% y también el resultado negativo de la cuenta de pérdidas y ganancias después de impuestos. Cuando la empresa presente caídas de facturación inferior al 70% en 2020, la reducción podrá llegar a ser el 50% del principal avalado. Es la entidad la que asume la parte proporcional de la reducción del préstamo. Las transferencias se abonan a los beneficiarios, gracias a los fondos del ICO, CESCE y CERSA. Todas están limitadas al agotamiento de estos fondos.

Todas estas ayudas tienen como plazo máximo de ejecución el 1 de diciembre de 2022.

Código de Buenas Prácticas en las entidades financieras

Este Código se encarga de regular la reestructuración de la deuda de clientes con financiación avalada. Es un código de adhesión voluntaria para las entidades financieras, de manera que se proporciona transparencia a los clientes, así como se generan los incentivos adecuados. Pero es obligatorio informar a los clientes sobre las entidades que se han adherido y las que no.

Las entidades financieras cuentan con el plazo de un mes para comunicar su adhesión a la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional. Este organismo es el que se encargará de publicar un listado de entidades con avales públicos que han suscrito el Código de Buenas Prácticas y otro con las entidades que no lo han certificado.

Aquellas entidades que así lo acepten, se comprometen a mejorar la coordinación con otras entidades financieras con las que el autónomo o la empresa tenga una deuda financiera. La finalidad siempre es ofrecer alternativas para mantener la solvencia y viabilidad de los clientes.

Por ello, se han establecido unas reglas de coordinación con mayorías de arrastre entre las entidades financieras. Además, éstas deben mantener abiertas las líneas de circulante del beneficiario hasta el 31 de diciembre de 2022.

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