Una normativa concursal eficiente y capaz de separar el grano de la paja
Pese a los paquetes de ayuda y las medidas de protección empresarial, más de 65.000 empresas han desaparecido desde el estallido de la crisis
Las medidas de apoyo a las empresas durante la crisis desatada por la irrupción del Covid-19 han incluido instrumentos para evitar que las graves dificultades de negocio que viven muchas compañías se traduzcan en una cascada imparable de concursos de acreedores. La ampliación hasta final de año de la suspensión del deber de los administradores de solicitar el concurso voluntario, una vez identificada la situación de insolvencia, ha mantenido hasta ahora a miles de empresas en una suerte de anestesia financiera. Como esa moratoria no puede ser eterna, el Gobierno trabaja ya para mejorar la regulación general de los concursos mediante la trasposición de la directiva europea que regula quiebras y reestructuraciones, una norma que dotará a España de un nuevo marco normativo en 2022. Entre sus novedades destaca la ampliación hasta 12 meses de la fase de preconcurso, frente a los cuatro meses actuales, lo que dará más tiempo a las empresas para refinanciar y reestructurar sus deudas y evitar, en su caso, la fatalidad del concurso. La nueva normativa dará facilidades para forzar a los acreedores a aceptar pactos de reestructuración y permitirá quitas de hasta el 100%.
Las ventajas de un preconcurso más amplio son evidentes. Como instrumento que protege a la compañía frente a los acreedores a fin de que pueda llevarse a cabo una negociación que le permita reordenar los pagos pendientes, así como escudarse frente a reclamaciones judiciales y evitar, si es posible, el proceso concursal, cuanto más tiempo se prolongue el plazo mayores probabilidades habrá de que la empresa consiga una solución que evite la quiebra. Esa protección tiene sentido, sin embargo, en aquellas compañías solventes y con opciones reales de salir adelante en su actividad, pero puede convertirse en una estrategia dilatoria y obstaculizante en los negocios insolventes que no tienen esperanzas objetivas de sobrevivir a la crisis económica. En ese sentido, la nueva regulación debería contar con salvaguardas o instrumentos que permitan distinguir entre las empresas que pueden sacar partido a ese año de preconcurso de aquellas otras que solo pretenden retrasar lo inevitable.
Pese a los paquetes de ayuda y las medidas de protección empresarial, más de 65.000 empresas españolas han desaparecido desde el estallido de la crisis. Se trata únicamente de la punta de un iceberg en el que están mezcladas compañías con fundamentales que las capacitan para superar la recesión y lo que ya se denominan empresas zombie. Una normativa concursal bien diseñada debe separar el grano de la paja y priorizar aquella parte del tejido empresarial que todavía mantiene constantes vitales.
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