La CNMV avisa de que en España un caso como el de Gamestop supondría penas de cárcel
El supervisor recuerda que la manipulación de mercado implica multas por la vía administrativa y por la penal
Gamestop es un caso de manipulación de mercado de manual. La acción coordinada de inversores agrupados en el foro Reddit, en principio minoritarios, pero sin saber exactamente quién está detrás, supondría un caso de abuso de mercado en España. Y desde la CNMV advierten de que, en España, un caso similar supondría en vía administrativa una multa de hasta 30 millones de euros y en vía penal una pena de prisión de seis meses a seis años y una penalización del triple del beneficio obtenido.
"El mero intento de situar el valor de una acción en niveles artificiales, y por supuesto aún más si tiene éxito, de forma individual o coordinada, sea al alza o a la baja, sería constitutivo de manipulación de mercado", señala un portavoz de la CNMV.
En 2002, el supervisor español ya tuvo que lidiar con un caso similar. Experto35 era el nombre en clave (nick) de un gallego en paro que intentó alterar el precio de Puleva Biotech en los foros del portal financiero Invertia, al hacerse pasar por directivo de la empresa. La CNMV remitió el caso a los tribunales por considerar que había indicios de delito aunque finalmente se archivó.
El consejero de la CNMV Juan Manuel Santos-Suarez, presidente de manera interina entre octubre y noviembre de 2016, señaló este lunes que las redes sociales son claves en un evento organizado por Deusto Business School e Icade Business School, que las redes sociales son clave a la hora de detectar distorsiones en las cotizaciones. El supervisor las monitoriza de forma habitual para evitar abuso de mercado.
Las sanciones administrativas por manipulación de mercado están recogidas en el artículo 302 de la Ley del Mercado de Valores, y la multa puede llegar hasta 30 millones. En vía penal, el delito de manipulación de mercado está castigado con la pena de prisión de seis meses a seis años, multa de dos a cinco años, o del triple del beneficio obtenido o favorecido, o de los perjuicios evitados, si la cantidad fuese más elevada, e inhabilitación especial para intervenir en el mercado financiero como actor, agente o mediador o informador de dos a cinco años.
En 2019, se aprobó una reforma del Código Penal que endureció en España los castigos por la utilización de información privilegiada (o insider trading, en la jerga), cuando una persona conoce de antemano que se va a producir una operación corporativa y utiliza ese conocimiento para lucrarse o manipulación de precios. En este último caso, por ejemplo, se incluye difundir información falsa para disparar o hundir una cotización o utilizar para esos mismos objetivos la autocartera.
La reforma de hace dos años, derivada de una directiva comunitaria que debió haber sido traspuesta en 2016, es más dura que la norma europea. Así, la norma modifica los artículos 284 y 285 del Código Penal, que ya sancionaban conductas por utilización de información privilegiada y manipulación de mercado, pero que no abarcaban todos los supuestos recogidos en la norma europea. Establece que los delitos menos graves se castiguen al menos con una sanción máxima de al menos dos años de cárcel y los más profundos, con cuatro años.