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Los residentes en España que coticen en Gibraltar tendrán prestación por desempleo hasta 2022

El Gobierno aprueba un régimen transitorio para trabajadores transfronterizos

REUTERS
Pablo Sempere

El Gobierno ha aprobado, en plenas negociaciones con el Gobierno de Reino Unido para definir la relación entre Gibraltar y España, un régimen transitorio en el ámbito laboral para los trabajadores afectados por el Brexit, a fin de paliar los efectos de una ruptura a las bravas que llegará el 1 de enero si Madrid y Londres no cierran un acuerdo a tiempo. Este régimen, explica el Ejecutivo, garantiza el acceso a la prestación por desempleo española a los europeos que se desplacen diariamente a Gibraltar a trabajar hasta el 31 de diciembre de 2022.

Así lo detalla el real decreto aprobado este martes por el Consejo de Ministros de medidas de adaptación tras la finalización del periodo transitorio previsto en el Acuerdo de retirada de Reino Unido e Irlanda del Norte de la Unión Europea (UE), que incluye medidas de transición para los trabajadores transfronterizos.

El Ejecutivo ha indicado que desde el 1 de enero de 2021 se reclamará a las autoridades británicas el reembolso de estas prestaciones. Para esto, antes deberá aprobarse un instrumento internacional que establezca los mecanismos de cooperación en este ámbito.

El cálculo de prestaciones de los trabajadores transfronterizos de la UE que coticen y residan en España tendrá en cuenta los periodos acreditados en el sistema de seguro social británico hasta el 31 de diciembre de 2020. En paralelo, los ciudadanos británicos verán reconocidos los periodos de trabajo en cualquier Estado miembro de la UE hasta el 31 de diciembre para calcular sus pensiones cuando las cotizaciones se aporten en último lugar en España.

Según el paquete de medidas transitorias, las personas beneficiarias de prestaciones por desempleo en España con autorización a exportar su derecho antes del 1 de enero de 2021 podrán seguir percibiéndolas hasta que concluya el periodo inicial de tres meses por el que se les hubiese autorizado la exportación.

Por otro lado, el Gobierno ha indicado que todas las empresas radicadas en España que a 1 de enero de 2021 tengan trabajadores desplazados temporalmente en Reino Unido, incluido Gibraltar, deberán seguir aplicando la legislacion de dicho país durante el periodo de desplazamiento y "siempre que se reconozca un tratamiento recíproco".

De la misma manera, los trabajadores desplazados en España por parte de empresas británicas podrán permanecer en el país a partir del 1 de enero y continuar desempeñando sus labores hasta el 31 de diciembre de 2021. Sin embargo, a partir de entonces tendrán que solicitar la autorización de residencia y trabajo pertinente para prolongar su actividad, tal y como recoge la normativa de extranjería española.

A su vez, según la normativa, se mantendrán los comités de empresa europeos o los procedimientos de consulta a los trabajadores que se hayan constituido o acordado antes del 1 de enero de 2021. Esta medida afecta a compañías europeas en las que participen trabajadores o empresas del Reino Unido y que tengan su dirección centralizada en España.

En paralelo, los gobiernos español y británico negocian para alcanzar un acuerdo que afecte al peñón antes de que llegue el 1 de enero, cuando automáticamente se produce la salida definitiva de Reino Unido de la UE. El acuerdo de Brexit cerrado entre Bruselas y Londres, que será ratificado mañana por la presidenta de la Comisión, Ursula von der Leyen, y el presidente del Consejo, Charles Michel, a un lado, y por el primer ministro británico, Boris Johnson, al otro, no afectaba a Gibraltar.

Sobre la firma

Pablo Sempere
Es redactor en la sección de Economía de CINCO DÍAS y EL PAÍS y está especializado en Hacienda. Escribe habitualmente de fiscalidad, finanzas públicas y financiación autonómica. Es graduado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid.

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