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Seguridad Social

Prorrogada la jubilación más ventajosa a los despedidos antes de 2013 que no han vuelto a trabajar

El Consejo de Ministros ha prorrogado por tercer año la denominada 'cláusula de salvaguarda' de las pensiones pactada en 2011

El ministro de Inclusión y Seguridad Social, José Luis Escrivá.
El ministro de Inclusión y Seguridad Social, José Luis Escrivá.EFE
Raquel Pascual Cortés

El Consejo de Ministros ha decidido finalmente prorrogar un año más la denominada cláusula de salvaguarda de las pensiones, que fue incluida en la reforma de la Seguridad Social de 2011, y que permite a las personas las personas despedidas en la anterior crisis acceder a la jubilación en condiciones previas a dicha reforma, que son más más ventajosas. En concreto, se permite dicho acceso a los despedidos antes1 de abril de 2013 y que no han tenido un empleo después.

La cláusula, que el Consejo de Ministros ha prorrogado este martes por tercer año consecutivo, está condicionada a que ninguna de las personas afectadas haya sido incluida en algún régimen de la Seguridad Social después del 1 de abril de 2013, ha informado el Ministerio de Inclusión,

Seguridad Social y Migraciones en un comunicado.

Gobierno y agentes sociales pactaron esta garantía en la reforma de 2011 para que quienes no volvían a encontrar trabajo llegasen a la jubilación sin ver disminuida su expectativa de pensión, dado que ya no tenían posibilidad alguna de reacción. El Gobierno del PP limitó la vigencia de esa cláusula a 2018 y el posterior Gobierno del PSOE la prorrogó para 2019 y 2020.

La Seguridad Social ha recordado que también pueden acogerse a la cláusula las personas con relación laboral suspendida o extinguida como consecuencia de expedientes de regulación de empleo, convenios colectivos de cualquier ámbito, acuerdos colectivos de empresa o decisiones adoptadas en procedimientos concursales aprobados, suscritos o declarados antes

del 1 de abril de 2013.

Además, se mantiene el derecho de opción, es decir, estas personas pueden optar por la legislación ahora vigente.

Los sindicatos CCOO y UGT, que venían reclamando esta prórroga, consideran que la decisión del Gobierno es fruto de sus demandas en el marco de la mesa de diálogo social sobre pensiones, aunque siguen reclamando que la cláusula se reponga en los términos en los que fue pactada, sin límite de tiempo, teniendo en cuenta que se trata de un colectivo de personas acotado y decreciente.

Tras la reforma de las pensiones de 2011 se hizo necesario tener más edad y más años cotizados para acceder a la jubilación anticipada forzosa a la que se ven abocadas las personas que no han podido volver a encontrar un empleo. La edad legal de jubilación se va retrasando desde entonces cada año hasta llegar a los 67 años en 2027 (65 años y 10 meses en 2020);  mientras que la edad para la jubilación anticipada forzosa en caso de despido será siempre cuatro años inferior (dos años

si la jubilación anticipada es voluntaria).

En 2021 la edad legal ordinaria será de 66 años y la de la jubilación anticipada forzosa subirá a 62 años, si bien la cláusula de salvaguarda permitiría al colectivo protegido por ella hacerlo a los 61 con 30 años cotizados, frente a los 33 años establecidos con la reforma de 2011.

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Sobre la firma

Raquel Pascual Cortés
Es periodista de la sección de Economía, especializada en información sobre empleo, Seguridad Social, pensiones y relaciones laborales. Licenciada en C.C. de la Información por la U. Complutense, empezó a trabajar en Cinco Días en 2000 y antes pasó por las secciones de política y economía de la agencia Europa Press y por el diario Soria 7 Días.

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