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Cómo conseguir el distintivo oficial de igualdad para tu pyme

La Orden IGD/980/2020, de 16 de octubre, establece los requisitos que debe cumplir una pyme para recibir el sello 'Igualdad en la empresa'.

El pasado 16 de octubre se publicó en el BOE la Orden IGD/980/2020, con la que se establecen los criterios para que una empresa pueda obtener el distintivo Igualdad en la Empresa 2020.

Como es habitual, los requisitos para la obtención de este distintivo son abundantes, y en esta ocasión vienen marcados por la adecuación a la normativa de género recientemente aprobada en el Congreso.

¿Qué es el distintivo de igualdad?

Según explica la propia Orden, se trata de una fórmula para reconocer que en una empresa se realizan buenas prácticas, en materia de igualdad. Refiriéndose en especial a las pymes, en donde se plantearán requisitos diferentes a las grandes empresas, para facilitar procesos de igualdad a pesar de ciertas limitaciones que pudieran tener, debido a su tamaño.

Cómo solicitar el sello de igualdad para tu empresa

El primer requisito que debes cumplir es ser una entidad que opere en territorio español, y estar inscrita en el correspondiente régimen de la Seguridad Social, así como constituida en el registro público que le corresponda.

El segundo condicionante que tiene este trámite es estar al día con Hacienda y con la Seguridad Social, así como no haber sido sancionada de manera firme con infracciones graves o muy graves en materia de igualdad de oportunidades o discriminatorias en el acceso a sus bienes y servicios en los últimos tres años.

En tercer lugar, deberás contar con un compromiso en materia de igualdad de género en las condiciones de trabajo, organización y funcionamiento interno de la empresa. Este compromiso debe constar en un documento distribuido a los empleados.

El cuarto requisito es haber desarrollado un plan de igualdad en la organización. Se entiende como tal haber implantado con anterioridad a la solicitud una serie de políticas ya que tendrás que aportar un informe de seguimiento y posteriormente realizar una evaluación al menos un año después de implantar dichas políticas.

Será necesario presentar toda la documentación que certifique los anteriores apartados. Incluyendo el Plan de Igualdad vigente e informes de seguimiento del mismo. En base a la claridad y demostración de la implantación de medidas de igualdad, se evaluarán y puntuarán las candidaturas por parte del Órgano evaluador.

Para facilitar la presentación de toda la información requerida, en la propia convocatoria, es posible acceder en su anexo a los documentos con los datos concretos a rellenar. Dicho de otro modo, un modelo para asegurarnos de cumplir con los requisitos e información necesaria para poder recibir el sello.

El plazo de presentación de candidaturas es de un mes desde la publicación de la Orden (21 de octubre de 2020).

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