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En colaboración conLa Ley
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Un tribunal anula la venta de un coche porque tenía trucado el cuentakilómetros

Según el fallo, es indiferente que el vendedor no supiera que el vehículo había sido manipulado

La Sala de lo Civil de la Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a un concesionario a devolver el dinero a un hombre al que vendió un vehículo de segunda mano. La causa es que el cuentakilómetros del coche fue trucado para reflejar un recorrido un 30% inferior al real. Con este fallo (que puede consultar aquí) el tribunal confirma la sentencia de un juzgado de primera instancia que declaró la nulidad del traspaso por la existencia de vicios ocultos.

Informe técnico

Los hechos se remontan al 15 de marzo de 2016, cuando el demandante se presentó en el concesionario, ubicado en Fuenlabrada (Madrid), con la intención de adquirir un Volkswagen modelo Touran 2.0 TDI con 168.000 km. Fue acompañado de un amigo mecánico que tras inspeccionar el vehículo le dio el visto bueno. Finalmente, lo adquirió por 9.650 euros.

El problema surge cuando, pocos días después de la operación, el coche empieza a sufrir continuos fallos y el comprador comienza a sospechar que los kilómetros que figuraban en el medidor no correspondían con la realidad. Finalmente, un informe técnico constató que el aparato había sido trucado y que el vehículo tenía en realidad 235.000 kilómetros, o lo que es lo mismo: 67.000 km más de los que aparecían registrados.

Falta de conformidad

Durante el juicio, el concesionario intentó justificar que no había pruebas que demostraran su implicación en la manipulación del vehículo. Además, alegó que el demandante tuvo la oportunidad de probar el coche y revisarlo en profundidad junto a un mecánico experto (su amigo).

Sin embargo, la Audiencia Provincial recuerda que es “absolutamente irrelevante” si el vendedor fue o no quien trucó el taquígrafo, o si conocía o no tal circunstancia. Lo esencial para el tribunal es que el comprador adquirió, sin saberlo, un producto ostensiblmente distinto al deseado y debe apreciarse, por tanto, “falta de conformidad entre lo ofertado y lo vendido”.

Según el fallo, también es indiferente que un profesional de confianza comprobara que el coche estaba en buenas condiciones de uso y sin averías al momento de la entrega, dado que la manipulación del cuentakilómetros "no pudo ser detectada” en una revisión ordinaria.

En esa línea, los magistrados determinan que la venta fue nula de pleno derecho y que en base a la Ley de Consumo, el comprador tiene derecho a recibir el importe de la compra (9.650 euros) más intereses.

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