Concurso de acreedores express. Ventajas para pymes frente a otros modelos
El procedimiento es, inicialmente, más rápido y económico.
Los concursos de acreedores exprés son un trámite rápido que ofrece a las pymes, startups y emprendedores realizar un concurso de forma económica y ágil, en comparación con otros procesos.
Para proceder de este modo, no se requiere de la designación de un Administrador concursal. Tampoco es necesaria la fase de calificación, por lo que no se dicta la culpabilidad del procedimiento y la tramitación la realiza el Juez de lo Mercantil.
Actualmente, el 85% de los procedimientos que gestionan desde Dipcom Corporate son concursos exprés. “La crisis provocada por el coronavirus lamentablemente ha cambiado la función asociada al concurso de acreedores que ha dejado de ser una herramienta para reflotar empresas para convertirse en la opción perfecta para cerrarlas", destaca Igor Ochoa, CEO de Dipcom Corporate.
Sin embargo, para que la empresa pueda acogerse a los concursos exprés, tiene que cumplir unas condiciones especiales en su patrimonio, en el balance y cumplir además otras consideraciones legales y contables que deben ser revisadas y regularizadas antes de su presentación.
No existe la figura del administrador concursal
Entre las ventajas de los concursos de acreedores exprés figura que en este tipo de concursos no irrumpe la figura del administrador concursal. Por lo que solo es necesario que el empresario entregue la documentación para justificar el concurso y que el juzgado lo examine.
El coste de los mismos también supone una ventaja, ya que al no haber administrador y tampoco existir una fase común, convenio ni liquidación, el proceso se reduce en tiempos. Eso hace que los costos bajen de manera notable.
También desaparece la fase de calificación porque no hay administrador concursal. Y todo se resuelve en un solo acto. En el mismo auto el juez dicta acto la apertura y la conclusión del concurso. En ese acto, el juez solicita la extinción de la sociedad y la clausura de la hoja registral. Después se publica en el BOE, se recoge en el Registro Público Concursal y se publica igualmente en el tablón de anuncios del juzgado.
Aparte, la carga de trabajo de la Administración de Justicia se reduce con este tipo de actos exprés.