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Trabajo prorrogará la adaptación y reducción de jornada a instancia del trabajador

Los empleados pueden acogerse a ello para el cuidado de hijos en cuarentena y si la empresa se niega pueden recurrir a los tribunales

Bajas de incapacidad temporal por Covid-19 y aislamiento
Belén Trincado / Cinco Días
Raquel Pascual Cortés

El inicio del curso escolar, coincidiendo con la crisis de los rebrotes de contagios de Covid-19 ha puesto encima de la mesa la más que factible situación de que se produzcan numerosos cierres de centros escolares, donde se detecte transmisión descontrolada del virus. En esos casos, ¿qué ocurrirá con la asistencia al trabajo de los padres? La ministra de Educación, Isabel Celaá, sugirió el miércoles que el Gobierno estudiaba fórmulas como los permisos o las bajas médicas por Covid-19 para los padres que se vieran imposibilitados a acudir a su trabajo por una hipotética cuarentena de sus hijos.

Si bien, el Gobierno ya adoptó medidas para favorecer que los padres trabajadores se quedaran en casa si les afectaba la pandemia. Y la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ya aclaró ayer que esas fórmulas citadas por Celaá, consisten en el mantenimiento y prórroga de las iniciativas que ya se aprobaron en los peores momentos del confinamiento.

Concretamente, Díaz avanzó en una entrevista en RNE que Ejecutivo piensa prorrogar el plan Mecuida, que ya incluía una serie de cambios legislativos para que los padres con hijos contagiados o, tras el cierre de los colegios, pudieran seguir a su cargo sin dejar de trabajar, solo mediante la adaptación o reducción de su jornada, fundamentalmente.

Este plan diseñado por el equipo de Díaz incluía como principales novedades el reforzamiento del derecho de los trabajadores a la adaptación horaria de la jornada y la ampliación del porcentaje de reducción de la jornada y sueldo proporcional hasta el 100%, con total reserva de puesto –antes de este plan dicha reducción solo podría llegar al 50% de la jornada–.

A estos derechos –regulados en el artículo 6 del Real Decreto 8/2020 del 17 de marzo– pueden acogerse trabajadores por cuenta ajena que acrediten deberes de cuidado respecto al cónyuge o pareja de hecho, así como respecto de los familiares por consanguinidad, hasta el segundo grado.

El programa Mecuida de flexibilización de la jornada por la crisis sanitaria se prorrogó la última vez a dos meses más desde el fin del estado de alarma, esto es, hasta el próximo 22 de septiembre. Ayer Díaz anunció su intención de prorrogarlo. Si bien, aún no se ha determinado por cuánto tiempo.

“Se abre la mesa de diálogo social el 4 de septiembre para dar apoyo al sector turístico en Baleares y uno de los elementos que se van a discutir es el plan Mecuida. Transmito tranquilidad, porque el plan va a continuar”, declaró ayer la ministra de Trabajo.

La reducción de jornada debe comunicarse a la empresa con 24 horas de antelación y se entiende como un derecho individual de cada uno de los cuidadores. Las modificaciones de jornada deben solicitarse de manera justificada, razonable y proporcionada para acomodarse a las necesidades de organización de la empresa. Dado que ambos derechos surgen a instancias del trabajador, los responsables patronales lo han rechazado.

En el caso de que la empresa se niegue a hacer dichas adaptaciones o reducciones de jornada el trabajador podrá acudir a los juzgados de lo social, como cualquier otro conflicto laboral, y se tramitará como un caso relacionado con la conciliación. El trabajador tendrá 20 días desde la negativa de la empresa a conceder la medida solicitada para presentar la demanda.

Otra de las prórrogas en esta materia que terminará también el próximo 22 de septiembre es la consideración de “preferente” del trabajo a distancia o teletrabajo en el seno de las empresas. Esta medida fue también incluida por primera vez en la norma aprobada el 17 de marzo. Díaz no se refirió ayer a esta circunstancia porque el Gobierno está negociando una nueva regulación del trabajo a distancia en el marco del diálogo social con patronal y sindicatos.

Ante esta circunstancia, el Ejecutivo no se plantea ahora una prórroga sin más del carácter preferente del teletrabajo. Si bien, una vez que la nueva regulación –que da mayor protección al trabajador– esté en marcha, el Gobierno decidirá en cada momento sobre la prioridad o no de esta modalidad de prestación de la actividad en función de la urgencia de la situación.

Díaz si recordó ayer que, junto a las medidas que se prorrogarán, si un trabajador debe quedarse en casa porque alguno de sus hijos o personas con las que convive está afectada por el Covid-19 y debe realizar la cuarentena preventiva, el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, ya arbitró una medida para ello. “Desplegó la incapacidad temporal en aquellos supuestos de cuarentena”, explicó. Desde el inicio de la pandemia la Seguridad Social ha concedido casi 800.000 bajas a enfermos de Covid-19 y a sus familiares y contactos por sus aislamientos.

Sobre la firma

Raquel Pascual Cortés
Es periodista de la sección de Economía, especializada en información sobre empleo, Seguridad Social, pensiones y relaciones laborales. Licenciada en C.C. de la Información por la U. Complutense, empezó a trabajar en Cinco Días en 2000 y antes pasó por las secciones de política y economía de la agencia Europa Press y por el diario Soria 7 Días.

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