Las alternativas de las empresas al concurso de acreedores ante el Covid-19
Prada Gayoso pide a las empresas cuya actividad sea viable que exploren todas las vías antes de acudir a la liquidación de la compañía
El impacto del Covid-19 ha amenazado con poner en jaque las finanzas de las empresas. La caída en el negocio provocada por el parón en la actividad, el aumento de la deuda debido a las líneas de crédito solicitadas y una lenta recuperación de los ingresos pueden llevar a dificultades económicas que arrastren a las compañías hacia la insolvencia.
De hecho, según explican fuentes auditoras a este diario, el foco en el ámbito de la verificación de cuentas está puesto en los informes de auditoría correspondientes al ejercicio de 2020. Y es que, los auditores alertan de la inclusión de párrafos de énfasis y salvedades por las dudas que puede generar la continuidad como empresas en funcionamiento debido al desplome de los indicadores contables.
Desde el despacho Prada Gayoso explican que existen alternativas para reestructurar las empresas a tiempo sin necesidad de acudir al concurso para poder salvar el negocio. “La explicación de que el 90% de las empresas que van a concurso no salgan adelante es que la mayoría son muy pequeñas y tardan demasiado en tomar medidas, por eso muchas veces llegan tarde, mientras que en las grandes compañías la gestión financiera está más profesionalizada”, indica Guillermo Prada Luengo.
Además, puntualiza que las cifras de negocio y los indicadores financieros caerán de forma generalizada, pero las empresas que gozaban de una buena posición económica antes de la crisis no sufrirán por mantener la continuidad de su actividad. “Las empresas han pasado por dificultades temporales que son superables. Para las compañías que ya estaban mal antes de la crisis la situación se agrava y nuestra recomendación es ponerse en manos de un especialista contrastable”, añade.
El abogado de Prada Gayoso explica que el sistema español ofrece tres fórmulas a las que las empresas en situación de insolvencia, o próximas a la insolvencia, pueden acogerse con el fin de reflotarlas: el acuerdo de refinanciación, el acuerdo extrajudicial de pagos y, finalmente, el concurso de acreedores.
Las empresas cuya actividad es viable pero no pueden hacer frente a los pagos más inmediatos pueden recurrir a dos mecanismos: el acuerdo de refinanciación y el concurso dirigido a la aprobación de un convenio.
“Si los problemas de la empresa están relacionados con los acreedores financieros y no tanto con su funcionamiento operativo, la recomendación general es negociar con los bancos”, explica Prada Luengo.
Por su parte, el acuerdo extrajudicial de pagos puede ser un mecanismo utilizado por empresas siempre que el volumen total de las deudas no supere 5 millones de euros. No obstante, detalla que, debido a la complejidad del procedimiento, su coste y la limitación de sus efectos, en la práctica tiene una escasa utilidad.
Por último, para empresas no viables o que, por cualquier circunstancia, no prevean la continuidad de sus actividades, la fórmula única es el concurso con liquidación.