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Distribución

La Audiencia Nacional ve discriminación “por razón de sexo” en los bonus de Fnac

No computa, entre otros, los permisos retribuidos por lactancia

Centro comercial de Fnac en el centro de Madrid
Centro comercial de Fnac en el centro de Madrid Pablo Monge
Javier García Ropero

Los incentivos salariales que Fnac reparte entre su plantilla en España ligados, por ejemplo, a objetivos de venta, han generado un conflicto laboral que por ahora ha tenido que ser resuelto por la Audiencia Nacional.

Su Sala de lo Social ha estimado parcialmente una demanda del sindicato Cobas, que cuenta con un representante en el comité de empresa de Fnac. Este denunció que el sistema de bonus era modificado unilateralmente por la compañía y que, además las cláusulas que determinaban los mismos eran discriminatorias ya que, por ejemplo, minoran los importes en casos como el disfrute de vacaciones o no computan como tiempo trabajado los permisos retribuidos por lactancia.

La Audiencia Nacional, en una sentencia fechada a finales de abril, da la razón en parte a Cobas, a cuya demanda se adhirieron otros sindicatos como Fetico, UGT, ELA o CC OO.

El fallo declara “discriminatorias por razón de sexo” dichas cláusulas, al reducir la percepción de los incentivos “al no computar como tiempo trabajado el correspondiente al disfrute de los permisos retribuidos por lactancia”. Tampoco otro tipo de permisos como el de accidente o enfermedad graves; el de hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario; el de realización de exámenes prenatales; por los trámites ligados a una adopción, o por el acompañamiento a hijos menores de 15 años a urgencias en horario laboral. También declara “contraria a derecho” la minoración de los incentivos por disfrute de vacaciones.

Recorrido

Según relata la sentencia, el sistema de incentivos de Fnac fue aprobado en 2009 y renovado en 2014 con el apoyo de los principales sindicatos del comité de empresa. El inicio del conflicto llega hace dos años, cuando una trabajadora de una tienda de Bilbao denuncia acoso laboral y la Inspección de Trabajo dice que los objetivos individuales marcados “no responden a criterios objetivos en relación con la jornada y el turno realizado”.

En febrero de 2019 y durante meses después los representantes de los trabajadores piden a la empresa cambios en el sistema pero esta los mantiene, llegando incluso a una mediación en el Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMA) que no prosperó.

La representación de los trabajadores tenía una triple reclamación: que los objetivos fijados, como el de nuevos socios, eran modificados cada mes por la empresa sin previo aviso o negociación; que el plan de incentivos es discriminatorio por razón de género y que desincentiva el disfrute de vacaciones; y que la empresa se negaba a proporcionar las cifras del grado de consecución de los objetivos de socios.

Los dos primeros forman parte de la demanda de Cobas. La Audiencia Nacional descarta que Fnac tenga que informar sobre la actualización de los objetivos, ya que el sistema fue negociado y aprobado por unanimidad en 2009 por los sindicatos, y en él se citaba que la fijación de los objetivos colectivos de venta no se sometería a consulta. Por ello, dice que la actitud de la empresa se ajusta a lo pactado.

“La sala no aprecia que estemos en un escenario general de objetivos arbitrarios, opacos e irrealizables, sino ante un acuerdo colectivo al que se está dando cumplimiento”, dice el fallo. Este no entra en que los objetivos que fije la empresa sean más o menos difíciles de alcanzar. Para ello, dice, “los representantes de los trabajadores (...) disponen para ello de los mecanismos propios de la acción sindical y la negociación”.

Sí insiste en que este plan debe “ser corregido en aquellos aspectos que resultan contrarios al principio de no discriminación por razón de sexo y a la jurisprudencia sobre retribución en vacaciones, lo que conduce a la estimación parcial de la demanda”. Este periódico contactó con Fnac sin obtener respuesta.

Un objetivo de venta global pero individualizado

Incentivos. El “variable individual mensual” o VIM, como llama internamente Fnac al sistema de incentivos, se compone de varios factores. Por un lado, se basa en la venta individual en mostrador y por otro de la venta colectiva. En este caso el importe resultante se reparte entre todos los componentes de los departamentos en función de las horas efectivas trabajadas. Después, el responsable de cada uno de ellos asigna determinados objetivos colectivos, que además pueden concretarse de forma individual si así lo estima, y que de cumplirse sirven también como acelerador de la cantidad que corresponde por el incentivo de venta colectiva.

Sobre la firma

Javier García Ropero
Redactor de la sección de empresas, especializado en distribución, gran consumo y economía del deporte. Licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid y Especialista en información económica de la UIMP. Desarrolla su carrera en CincoDías desde 2011 tras haber pasado por El Mundo y Vocento.

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