El IASB aprueba que las firmas cotizadas computen como ingresos las rebajas en alquileres
Esta medida, de carácter temporal, modifica la NIIF 16 de arrendamientos Afectará a todas las rebajas en la renta de alquileres hasta junio de 2021
Las empresas cotizadas que hayan renegociado a la baja la renta de sus alquileres debido al impacto del Covid-19 podrán apuntarse un ingreso extra en sus cuentas a partir del 1 de junio. Ayer, el IASB, el organismo que se dedica al establecimiento de normas contables de carácter internacional, aprobó una modificación temporal en la NIIF 16 sobre arrendamientos para permitir que las entidades que cotizan en Bolsa puedan contabilizar en sus cuentas intermedias y anuales como ingresos todas las reducciones en alquileres que se produzcan desde este mismo momento hasta junio de 2021.
Esta es, precisamente, la modificación más relevante que se ha producido sobre la propuesta inicial, ya que en un principio solo se contemplaba esta posibilidad contable para las rentas sobre las que se aplicase una exención durante 2020.
Esta medida, reclamada tanto por entidades como por empresas auditoras y promovida por la ESMA (Autoridad Europea de Valores y Mercados), supone un balón de oxígeno para las empresas que decidan aplicarla (es de carácter voluntario) ya que contarán con un ingreso extra en un momento en el que han sufrido una caída de la cifra de negocios debido al parón en la actividad provocado la crisis sanitaria.
Además, según explica a CincoDías Carlos Sobrino, socio de capital markets & accounting advisory services en PwC, si la reducción de la renta es firme, cerrada, contempla todo el periodo y no está sometida ningún condicionante, la empresa podrá contabilizar inmediatamente el volumen total de esa exención.
Es decir, en las cuentas semestrales que presenten las compañías cotizadas a partir del mes de julio ya podrán computar como ingreso el ahorro total que se producirá en las rentas que vayan hasta junio de 2021.
Una vez aprobada esta modificación en la normativa de arrendamientos por parte del IASB, ahora es la Unión Europa quien debe dar el visto bueno, algo que se prevé que haga de forma inmediata dado el interés que ha suscitado y la buena predisposición de la ESMA.
El beneficio que puedan sacar las empresas sobre esta normativa dependerá en parte de su capacidad de renegociación con sus arrendatarios y del volumen de activos que controlen en régimen de alquiler. En ese sentido, IAG, Iberdrola o Telefónica son algunas de las compañías que podrían obtener un ingreso interesante.