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Transporte

La Audiencia Nacional ratifica que los coches de Uber y Cabify deben circular con ‘hoja de ruta’

La sentencia, que puede recurrirse ante el Supremo, da la razón a Fomento y a Fedetaxi. Es clave porque impide que estos vehículos capten viajeros por la calle

Un vehículos de Cabify circula por una calle en España.
Un vehículos de Cabify circula por una calle en España.Efe
Marimar Jiménez

La Audiencia Nacional ha desestimado por sentencia las demandas presentadas por la CNMC y Unauto, la patronal de las empresas de arrendamiento de vehículos con conductor (VTC), contra una orden ministerial de 2015 que regulaba la prohibición de estos vehículos de circular sin un documento de control u “hoja de ruta” en el que consten los datos del vehículo, pasajero y recorrido del transporte. La Audiencia da así la razón al Ministerio de Fomento y Fedetaxi frente a la CNMC y Unauto, que consideran que dicha obligación para las VTC es contraria a la Ley de Unidad de Mercado.

La sentencia de la Audiencia Nacional desestima ahora las demandas de estas dos organizaciones y mantiene en vigor dicha regulación al entender que no supone un exceso de carga burocrática para estas empresas. Ello supone que los vehículos VTC, es decir empresas como Uber y Cabify, tendrán que seguir confeccionando un contrato o un documento de control del mismo donde aparezcan matrícula del vehículo, nombre, NIF y origen y destino de los pasajeros y acreditarlo ante los agentes y la administración si se lo requieren. No llevarlos es sancionable, según recuerda Fedetaxi, que apunta que solo la Comunidad de Madrid impuso más de 4.000 sanciones por este motivo en 2019.

La Audiencia también ha apoyado la posición de los taxistas de que llevar y conservar esos datos es legal y no infringe la legislación de protección de datos. Según Emilio Domínguez, secretario técnico de Fedetaxi y abogado que ha defendido a la asociación en este litigio, “la sentencia, aunque es susceptible de recurso de casación ante el Tribunal Supremo, es clave porque posibilita el control efectivo de este tipo de servicios e impide que los VTC circulen indocumentados o se mantengan estacionados para captar viajeros”.

Domínguez añade que tanto el control de estos vehículos mediante un registro telemático como las regulaciones que les obligan a informar de su precontratación con 15 o más minutos de antelación, como la de Barcelona, dependían para su vigencia de una sentencia favorable en este asunto. La CNMC también ha recurrido el registro telemático de las VTC. “Aún está pendiente de sentencia por el Supremo, pero si se resuelve en el mismo sentido terminaría de limitar la prestación de este tipo de servicios en España”, añade Domínguez.

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Sobre la firma

Marimar Jiménez
Redactora senior en la sección de Empresas de CINCODIAS. Sigue la actualidad del sector de tecnologías de la información y del ecosistema emprendedor español. Antes de incorporse al diario en 2000 trabajó en Actualidad Económica y los suplementos Futuro y Negocio en EL PAIS. Es licenciada en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid.

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