El holding empresarial de Piqué entra en beneficios y alcanza un patrimonio de 19 millones
Gana 277.000 euros en su último ejercicio fiscal, frente a las pérdidas de casi 1 millón registradas el año anterior
El holding empresarial del futbolista Gerard Piqué, Kerad Holding, obtuvo un beneficio de 277.305 euros en su último ejercicio fiscal (2018), y salió de los números rojos registrados un año antes, que ascendían a casi 1 millón (936.917 euros). Así se refleja en las cuentas de la compañía, depositadas recientemente en el Registro Mercantil. Además, la empresa alcanzó un patrimonio neto de 19 millones de euros, frente a los 15 del ejercicio anterior (el 27% más).
La principal fuente de ingresos de Kerad Holding fueron ingresos financieros (321.159 euros) y de explotación (259.381 euros), mientras que la cifra de negocio se mantuvo en 0 euros, al igual que en ejercicio 2017.
Los gastos de personal tan solo sumaron a 25.000 euros ya que la compañía tan solo mantuvo una persona empleada. La deuda de la sociedad asciende a 4 millones de euros (casi toda pertenece a entidades financieras), aunque tiene pendiente de cobro 4,7 millones de euros.
La sociedad Kerad Holdings se constituyó en 2009 y tiene por objeto, principalmente, “la adquisición, tenencia y administración de toda clase de mobiliarios participaciones sociales”, así como “la prestación de todo servicios de apoyo a la gestión de las áreas de organización empresarial, la ejecución de funciones administrativas y de contabilidad” y “la concepción y desarrollo de proyectos, promociones y construcción de edificaciones de carácter industrial y residencial”, además de otras funciones.
El pasado mes de julio, según adelantó el diario EL PAÍS, el futbolista del F.C. Barcelona perdió un pleito por 2,1 millones de euros que le obligaba a pagar la Agencia Tributaria en concepto de multas e impuestos atrasados correspondientes a los años 2008, 2009 y 2010.
Hacienda consideraba que Piqué había utilizado una de sus empresa, Kerad Project 2006, para desviar ingresos percibidos por sus derechos de imagen. La Audiencia Nacional, en una sentencia del pasado mes de mayo desestimó el recurso contencioso-administrativo presentado por el jugador contra la resolución de 1 de diciembre de 2016, dictado por el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), que le obligaba a pagar 1.457.855,61 euros en impuestos más una sanción por importe total de 678.012,59 euros.
Y es que, cuando los derechos de imagen de tributan a través de una sociedad, se paga el impuesto de sociedades que tiene un gravamen del 25%, mientras que si se tributan como persona física, el IRPF es del 45% para ganancias superiores a 60.000 euros.