Una defensa del consumidor financiero que no quiebre la equidad
La futura Autoridad Independiente de Protección del Consumidor Fnanciero nace con una acertada vocación preventiva, pero con algunos excesos
El Ministerio de Economía ultima estos días, aunque con un año de retraso, el anteproyecto de ley que regulará la Autoridad Independiente de Protección del Consumidor Financiero, una figura impuesta por el derecho europeo que absorberá las funciones que hasta ahora asumía en esta materia el servicio de reclamaciones del Banco de España. Las facultades del nuevo organismo serán todavía más vastas que las del supervisor, ya que además de atender reclamaciones de cuantía económica, podrá valorar la idoneidad de los productos financieros y de determinadas cláusulas de los contratos bancarios o de seguros, una potestad que hasta ahora solo tenían los tribunales de justicia. También sus prerrogativas irán más allá. Sus decisiones, al contrario que las de Banco de España, que solo tienen carácter de recomendación, serán vinculantes siempre que la reclamación sea inferior a 50.000 euros. La idea es que la oficina actúe como un instrumento de resolución extrajudicial de conflictos con el fin de agilizar las demandas y esquivar la intervención judicial, que en España en particular ha provocado un notable colapso por los miles de litigios acumulados contra la banca.
Teniendo en cuenta que el 70% de las quejas que tramita anualmente el Banco de España son favorables al consumidor, el nuevo organismo puede convertirse en un eficaz brazo protector del usuario de servicios financieros, que durante años ha padecido la mala experiencia de obtener el apoyo en su reclamación sin recibir un resarcimiento de la entidad. Ha sido únicamente desde 2018 cuando esa situación se ha corregido, tras la publicación por parte del Banco de España de las cifras de escaso seguimiento de sus recomendaciones. Precisamente por ello, la oficina nace con una acertada vocación preventiva y el objetivo de reducir las abultadas cifras de mala práxis e irregularidades que el sector ha ido acumulando en los últimos años.
Pese a que el enfoque en sí es correcto, no ocurre lo mismo con el diseño para llevarlo a la práctica. El anteproyecto contempla la imposición de una tasa de 200 euros por cada reclamación planteada a una entidad, un montante que esta deberá desembolsar antes de la resolución de la queja. Además del carácter confiscatorio que esa obligación puede tener en un mercado fuertemente judicializado como el español, puede convertirse también en una insidiosa arma de presión dentro de las relaciones habituales entre el cliente y el banco. Dado que estamos ante un borrador, hay tiempo y oportunidad para repensar un mecanismo que va más allá de la necesaria defensa del consumidor e introduce un desequilibrio que es importante corregir.