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Las cuotas en la Declaración de la Renta de un autónomo

Tanto en las declaraciones trimestrales, como en la Renta, este es un gasto que puedes incluir para aminorar el pago de impuestos.

Los autónomos tienen que abonar mensualmente sus cargos a la Seguridad Social, en forma de cuotas. La mayoría de los profesionales escogen la base mínima, lo que supone pagar en torno a los 283 euros al mes, si no estás acogido a ninguna bonificación, como puede ser la tarifa plana para autónomos.

Un gasto en la contabilidad del autónomo

La Seguridad Social que paga un autónomo da derecho a una serie de prestaciones sociales. Por ejemplo, a cobrar la baja en caso de enfermedad. También sirve para determinar las cotizaciones que te otorgarán posteriormente en tu pensión de jubilación, al terminar tu carrera laboral. Todo lo anterior no exime de que, en realidad, dicha cuota sea un gasto en tu actividad profesional. Y, como tal, podemos tenerlo en cuenta para elaborar nuestras declaraciones trimestrales y la Declaración anual de Hacienda.

Bien es cierto que no está sujeto a IVA, pero sí puede incluirse en el IRPF como gasto. El "proveedor" sería en este caso la Tesorería General de la Seguridad Social. Es muy importante que tengas en cuenta los posibles cambios de cuota que hayas podido llevar a cabo en el último periodo. Porque modificará, en consecuencia, la cantidad imputable como gasto cada mes. Este hecho es importante, porque hoy por hoy se pueden modificar las cuotas hasta cuatro veces al año. Según informa la Seguridad Social, estas son las fechas en las que pueden ejecutarse dichos cambios, y los momentos en los que surtirán efecto:

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a. 1 de abril, si la solicitud se formula entre el 1 de enero y el 31 de marzo.

b. 1 de julio, si la solicitud se formula entre el 1 de abril y el 30 de junio.

c. 1 de octubre, si la solicitud se formula entre el 1 de julio y el 30 de septiembre.

d. 1 de enero del año siguiente, si la solicitud se formula entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre.

Si modificas tu cuota porque tu actividad tiene picos, debes tenerlo en cuenta a la hora de modificar los gastos imputables en tu Declaración de la Renta, porque también serán diferentes a lo largo del año.

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