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Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Una reforma hipotecaria que aspira a prevenir además de a curar

El texto pretende reducir una litigiosidad judicial que ha crecido de forma desorbitada en los últimos años

CINCO DÍAS

La legislación financiera que se ha abierto paso en Europa tras la última crisis no se limita a fijar derechos y a sancionar incumplimientos, sino que aspira a prevenir conflictos con una prolija lista de deberes precontractuales dirigidos a informar y asesorar al cliente. En esa corriente normativa, que incluye la directiva Mifid 2 y la directiva sobre contratos de crédito con consumidores para adquisición de vivienda, se inscribe la actual reforma hipotecaria española, que entrará en vigor este domingo tras un proceso de gestación que ha durado tres años. Además de establecer un régimen de protección al consumidor notablemente garantista, que aborda problemas que se agudizaron de forma lacerante durante la crisis, como es el caso de los deshaucios, el texto detalla minuciosamente la información que debe recibir el cliente hipotecario, la publicidad que pueden emitir las entidades y la formación que deben acreditar los comerciales y asesores que atienden al público, entre otras muchas medidas de prevención.

Parte de la explicación de esta exhaustiva lista de exigencias radica en esa apuesta de la nueva regulación por reforzar la protección de la parte más débil del contrato –que es siempre el consumidor–, pero también en que el texto aspira a reducir una litigiosidad judicial que ha crecido de forma desorbitada en los últimos años y que ha pasado una abultada factura no solo al sector financiero, sino al conjunto de la economía. El desbordante aumento de demandas relacionadas con el tráfico hipotecario ha hecho necesaria la creación de juzgados especializados en España, cuyo funcionamiento el Poder Judicial ha tenido que prorrogar para poder hacer frente a una carga de trabajo que no ha cesado de crecer.

Entre las novedades de la nueva normativa, figura la erradicación de las cláusulas suelo en los contratos, el endurecimiento de las condiciones para la ejecución de las garantías hipotecarias, la mayor protección en las hipotecas multidivisa o el traspaso de los costes de constitución del préstamo hipotecario del cliente a la entidad. La reforma va en algunos aspectos incluso más allá que la propia directiva europea, en consonancia con un mercado y una etapa en que las malas prácticas y los abusos han dejado cicatrices aún pendientes de cerrar. Ninguna norma, por perfecta que sea, puede desterrar ni las irregularidades ni la litigiosidad, pero sí reducir la incidencia de unas y de otra, así como a aspirar a proteger no solo a los consumidores, sino también a un sector financiero que debe cerrar cuanto antes sus frentes judiciales y recuperar una confianza que nunca debió perder.

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