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Inversión

Las empresas podrán dar voto doble en la junta a los accionistas estables

Economía propone que se pueda primar a los socios que aguanten más de dos años para “reducir presiones cortoplacistas”

Nadia Calviño
Nadia CalviñoM.C.

Los accionistas a largo plazo en las empresas cotizadas tendrán más derechos que el resto si así lo decide una mayoría cualificada en junta. Economía ha incluido esta modificación en el borrador de una norma que modificará la ley de sociedades de capital y que además traspondrá una directiva comunitaria para fomentar la implicación de los accionistas. La ley, sometida a consulta pública y que debe ser aprobada por las Cortes, entrará en vigor previsiblemente a finales del presente ejercicio

El principio "una acción, un voto" se romperá en España a favor de los inversores que permanezcan al menos dos años en el capital. Sus acciones tendrán el doble de derechos de voto. La regulación ha sido elaborada a imagen y semejanza de las legislaciones que ya existen en otros países europeos, como Italia, Países Bajos y Francia. También el Gobierno belga quiere introducir esta nueva figura.

El ministerio que dirige Nadia Calviño explica en la norma propuesta que este instrumento puede utilizarse "para incentivar a los accionistas a mantener su inversión en la sociedad en el largo plazo y reducir presiones cortoplacistas sobre la gestión de las empresas". "Aunque el objetivo esencial que se persigue con su introducción es que nuestro régimen societario y, en definitiva, nuestro mercado bursátil ofrezcan las mismas opciones que permiten otras legislaciones europeas, reforzando así su atractivo", sentencia.

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Desde el asesor de voto (proxy advisor, en la jerga) español Corporance, muestran sus reticencias sobre esta prebenda, pues "en la práctica reforzará las mayorías de los accionistas de control". Fuentes financieras señalan que la medida se tomó inicialmente en Francia e Italia con el objetivo de dar más poder al Estado en las empresas en las que este conserva participaciones.

La propia redacción de la legislación española anticipa que la medida puede tener efectos nocivos sobre los pequeños accionistas, al exigir un elevado nivel de cuórum para su aprobación "con la finalidad de proteger al accionista minoritario". Bien es verdad que las mayorías exigidas estarán fuera de lo común, a diferencia de lo que ocurre en Francia, donde la medida se aplica automáticamente, sin necesidad de ningún tipo de luz verde por parte de los propietarios, a menos que esta se prohíba explícitamente.

Para su aprobación en España será necesario el voto favorable de al menos dos tercios del capital presente o representado en la junta si a esta asisten accionistas con el 50% o más del capital, y el voto favorable del 80% si acuden accionistas con entre el 25% y la mitad de los títulos. En la práctica, para una asistencia del 51%, dueños del 34% del capital podrán dar el visto bueno a la medida. En cualquier caso se podrá ampliar el periodo de dos años mínimo para acceder al premio, pero no disminuirlo

La eliminación del voto por lealtad podrá acordarse en cualquier momento por la junta con un cuórum reforzado, igual al que se exige para aumentar o reducir capital: mayoría absoluta si acude el 50% del capital o dos tercios si el porcentaje es menor. Además, para retirar el privilegio tras 10 años desde su adopción no se tendrán en cuenta los votos por lealtad existentes. De esta forma, los premiados no podrán usar su prebenda para bloquear su retirada.

En busca de más OPV de empresas familiares

 

Más control para los accionistas históricos. Fuentes conocedoras de las implicaciones de la medida explican que los votos por lealtad facilitarán que las empresas familiares salgan a Bolsa, pues usualmente los accionistas históricos se resisten a perder el control que habitualmente implica una OPV. Con esta medida les será más fácil conservar el poder.

Ampliaciones gratuitas. En los scrip dividends –una fórmula de retribución en la que se da a elegir entre acciones nuevas y dinero en efectivo empleada por algunas empresas como Iberdrola, Repsol, ACS y Ferrovial–, el voto adicional por lealtad beneficiará automáticamente a aquellos inversores que reciban acciones gratuitamente. Mantendrán el privilegio con ocasión de ampliaciones de capital en relación con acciones con voto de lealtad que ya se posean. El privilegio se extinguirá si las acciones se venden o se regalan.

 

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